El decreto de veto 4170, firmado ayer, cuestiona que el proyecto pretende que la Policía Nacional dependa directamente del Poder Ejecutivo, y no como señala el artículo 175 de la Constitución, que establece que: “la Policía Nacional es una institución profesional, no deliberante, obediente, organizada con carácter permanente y en dependencia jerárquica del órgano del Poder Ejecutivo encargado de la seguridad interna de la Nación”, que es en este caso el Ministerio del Interior.
Otro aspecto criticado es que el proyecto daba potestad a la Policía para “otorgar, controlar y reglamentar el permiso de portación de armas de fuego y organizar el registro respectivo”, potestad actual de la Dimabel.
En el proyecto vetado se establecía también la Policía Fluvial que iba a colisionar con la Prefectura Naval.
El proyecto también pretendía facultar a la Policía Nacional a “formar reservas para la defensa nacional”, hecho ya reglamentado en la Ley del Servicio Militar Obligatorio.
Se creaba, además, la figura del Edecán Presidencial Policial, y de los edecanes de los gobernadores.