En la diligencia, la defensa requirió la libertad ambulatoria del encausado. Alega que la ley aplicable cuando supuestamente ocurrieron los hechos, en 1976, era el Código Penal de Teodosio González, con otra sanción penal. Tras la diligencia, el magistrado dispuso el arresto domiciliario, con la expresa salvedad de que tendrá permiso para realizarse sus estudios o consultas médicas, en atención a su avanzada edad.
Igualmente, además del arresto domiciliario, también se dispuso la prohibición de salida del país, la acreditación de las condiciones de dominio del inmueble ofrecido en caución real. Asimismo, se dispuso la fianza personal de su abogada en G. 100 millones de guaraníes, más el embargo ejecutivo sobre el bien inmueble por G. 569.000.000, a nombre del encausado. Argüello es el segundo imputado que tiene medidas cautelares.