El abogado Eduardo Cazenave comentó que realizó la denuncia a la Fiscalía hace un año. Agregó que la construcción no respeta la norma que exige dejar libre una franja de 20 metros de la ribera y que no tiene ninguna evaluación de impacto ambiental ni permiso municipal. “La propiedad está sobre el lago prácticamente, ya no es un espacio público y la obra no respeta el espacio que se debe dejar libre entre el lago y el inmueble. Esta obra no tiene permiso municipal, además se usan materiales como concreto, hierros altamente oxidables que contaminan el lago”, expresó.
Asimismo, remarcó que las autoridades correspondientes hacen caso omiso a la denuncia realizada. “Realizamos esta denuncia hace prácticamente un año y las autoridades como la Fiscalía, el Mades y la Municipalidad no hacen absolutamente nada, esto es un hecho punible establecido por la ley porque es un delito ambiental”, dijo.
NOTIFICACIÓN. Por su parte, desde la Dirección de Comunicación del Mades comentaron a ÚH que desde la semana pasada un equipo fiscalizador se constituyó en el lugar ante la denuncia ciudadana, por lo que se intervino en la propiedad y se va a notificar al responsable en el transcurso de la semana.
En contrapartida, el abogado José Domingo Almada, quien defiende a los propietarios del inmueble, afirma que la propiedad en cuestión no está violando la normativa ambiental y señala que denunció a los propietarios de la casa de al lado que sí incumplen la ley ambiental. “Presentamos una denuncia, que lastimosamente por algún motivo extraño, la Municipalidad no está tomando intervención. La propietaria de al lado sí tiene una construcción que es una bajada de lancha de concreto que tiene 8 metros de ancho por unos 6 metros que sí entra al lago Ypacaraí, es una construcción visible que viola la ley ambiental”, puntualizó.
La Ley N° 716 Del Medio Ambiente, así como la Ley 3239/2007 De los Recursos Hídricos del Paraguay se encargan de la protección de los cauces hídricos del país. La Ley N° 716 señala que los propietarios de inmuebles que realicen obras civiles en áreas excluidas, restringidas o protegidas serán castigados con seis meses a dos años de penitenciaría y multa de 200 (doscientos) a 800 (ochocientos), jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas.