14 jul 2026

Una mirada jurídica sobre el caso motobolt: Abogado habla de un exceso en la defensa

El caso del motobolt imputado por homicidio doloso, por acabar con la vida de un supuesto ladrón, sigue generando un intenso debate en la opinión pública sobre la aplicación de la legítima defensa. Un abogado penalista ofrece un análisis en el cual sostiene que hubo un exceso por parte del trabajador de la plataforma.

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Forcejeo. Momento en que se produce una riña entre el motobolt y el presunto asaltante, quien terminó con una herida mortal.

Foto: Gentileza

La defensa de Diego Delgado, el motobolt imputado por homicidio doloso, sostiene que su cliente actuó en legítima defensa. Por su parte, el abogado de los familiares de Bruno Acosta, el joven fallecido, niega el hurto y sostiene que el conductor lo persiguió y apuñaló tras un roce.

Este caso despertó un intenso debate en la opinión pública y en el ámbito jurídico sobre la aplicación de la legítima defensa, con posturas a favor y en contra.

Para clarificar los puntos de la discusión, el abogado penalista Ricardo Preda brindó un análisis sobre el caso en radio Monumental 1080 AM.

La imputación por homicidio doloso es la consecuencia del resultado fatal de la gresca ocurrida el pasado 5 de octubre en Isla Bogado, en la ciudad de Luque.

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“Ahora bien, ese homicidio doloso podría igualmente excluirse, ya sea por una legítima defensa que elimina la antijuridicidad o por el exceso en la legítima defensa que eliminaría la punibilidad”, señaló.

Entonces, ¿existió o no una legítima defensa? Preda hizo hincapié en que se deben cumplir una serie de presupuestos objetivos para determinar si existió o no una legítima defensa.

“Para la legítima defensa debe existir una agresión presente y antijurídica (ataque por parte de otro ser humano). En este caso, por lo que se entiende, hay una sustracción de un objeto y eso claramente puede ser considerado una agresión. Esa agresión es antijurídica porque el que sustrae el teléfono no está justificado”, explicó.

Otro punto a considerar es la existencia de una agresión inminente o que aún no haya terminado.

“En este caso, se produce una sustracción y la persona le sigue para tratar de recuperar el objeto. Eso reúne los elementos de la agresión presente”, indicó.

“¿Lo que realizó el motobolt fue idóneo con el fin de parar esa agresión? Y sí, porque obviamente al apuñalarle quedó fuera de combate y él recupera el objeto, por lo cual fue idóneo. Se da el siguiente elemento”, acotó.

La proporcionalidad de la reacción es el tercer elemento a analizar en el caso de Diego Delgado. Aquí se podría discutir si fue necesario o no el uso del puñal.

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“Es decir, si yo podría parar la agresión de una manera menos gravosa y ahí entramos qué otros medios tenía para parar la agresión. Él tenía un puñal y lo desenfundó cuando él estaba siendo objeto de golpes por parte del que sustrajo el objeto, con lo cual estarías hablando de que, además del ataque a su propiedad, también fue víctima de un ataque a su integridad física porque lo estaban golpeando”, remarcó.

De acuerdo con Preda, la legítima defensa se aplica también cuando lo sacrificado es igual a lo salvado y en este caso, para él, no se cumplió este principio.

“Desde el punto de vista objetivo, no había un peligro de vida para el motobolt; entonces, creo que hubo una desproporción y se excluye la legítima defensa”, sostuvo.

Sobre el punto, aclaró que no necesariamente debe ir preso, ya que se debe analizar si hubo un exceso en la defensa.

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Para Preda, la imputación de la Fiscalía no es incorrecta. No obstante, considera que son un exceso las medidas cautelares para Delgado, porque no existe un peligro de fuga ni una obstrucción a la Justicia.

“En este caso no se dan los presupuestos para medidas cautelares porque es un hecho que se esclarecen con las imágenes más los testigos”, subrayó.

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