14 jul 2026

Un hombre es condenado por sustracción de energía eléctrica para criptominería en Ciudad del Este

Un hombre fue condenado a 2 años de pena privativa de libertad tras comprobarse la utilización clandestina de energía eléctrica para actividades de criptominería en Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.

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Rodrigo Sebastián Tamarasco R. fue condenado a 2 años de pena privativa de libertad, de cumplimiento efectivo, tras comprobarse la utilización clandestina de energía eléctrica para actividades de criptominería en Ciudad del Este.

Foto: Gentileza.

En el marco de la causa por sustracción de energía eléctrica, el Tribunal de Sentencia Permanente 2, de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, condenó a Rodrigo Sebastián Tamarasco R. a 2 años de pena privativa de libertad, de cumplimiento efectivo, tras comprobarse la utilización clandestina de energía eléctrica para actividades de criptominería en Ciudad del Este.

El caso se originó a partir de una intervención realizada el 11 de abril de 2023 en un inmueble ubicado en el barrio Pablo Rojas, donde técnicos de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) detectaron una conexión clandestina e irregular conectada directamente a una línea de media tensión trifásica antes del medidor, permitiendo el consumo de energía eléctrica sin registro ni facturación legal.

Durante el procedimiento, efectuado con acompañamiento fiscal y orden de allanamiento, se constató que la conexión irregular alimentaba un transformador de 300 kVA y equipos utilizados para criptominería, actividad caracterizada por el elevado consumo de energía eléctrica, que constituyó un perjuicio patrimonial para la institución de G. 2.366.129.189, equivalentes a unos 381.000 dólares al cambio actual.

El Tribunal de Sentencia Permanente 2, de la VI Circunscripción Judicial de Alto Paraná, estuvo integrado bajo la presidencia del juez penal de Sentencia 2B, Fabio Aguilar Benítez, e integrado por los jueces Serafín González y Vitalia Duarte.

Actuó como actuario judicial Cristóbal Coronel y el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Alcides Agustín Giménez Zorrilla.

Mediante la Sentencia Definitiva (S.D.) 58, del 20 de mayo de 2026, se declaró probada la existencia del hecho punible de sustracción de energía eléctrica, así como la culpabilidad y responsabilidad del acusado.

Asimismo, el Tribunal dispuso el comiso de los bienes incautados durante el operativo, entre ellos, cables, crucetas, descargadores, cartuchos porta fusibles, separadores y un transformador de 300 kVA

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