12 abr. 2026

Sextorsión: Tribunal ratifica condena de seis meses para Rubén Valdez

Un Tribunal de Apelación ratificó este lunes la condena de 6 meses, con suspensión de la ejecución de la pena, para el ex capitán de los bomberos voluntarios, Rubén Valdez, por un caso de sextorsión.

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El capitán del CBVP, Rubén Valdez denunciado por acoso sexual.

El Tribunal de Apelaciones en lo Penal Cuarta Sala, de la Capital, conformado por los jueces Arnaldo Fleitas Ortiz, José Waldir Servín Bernal y Arnulfo Arias, ratificó la condena de 6 meses, con suspensión de la ejecución de la pena, para el ex capitán de los bomberos voluntarios Rubén Valdez, por coacción y lesión del derecho a la comunicación y la imagen.

De esta manera, queda firme la condena que había sido dictada el 17 de diciembre de 2022 por el Tribunal Colegiado de Sentencia, presidido por la jueza María Fernanda García de Zúñiga e integrado por los jueces Héctor Luis Capurro y Yolanda Portillo.

Lea más: Mínima condena a capitán de bomberos por sextorsión

La fiscala Silvana Otazú había solicitado tres años de pena para el bombero voluntario durante el juicio oral, pero no obtuvo la condena solicitada.

Según la acusación de la Fiscalía, Valdez sometió a sextorsión a una bombera. Además, la mantuvo bajo amenazas.

La acusación menciona a la vez a otra mujer, de quien refiere que en octubre de 2019 Valdez la grabó manteniendo actos íntimos en un motel de Fernando de la Mora, sin conocimiento ni consentimiento de la mujer.

Nota relacionada: Caso sextorsión: El capitán Rubén Valdez enfrentará juicio oral y público

Luego el 5 de enero de este año, empezaron a circular estas imágenes entre amigos y camaradas. Según el escrito, la mujer fue sometida por el acusado a realizar actos íntimos en presencia de otras mujeres, con la amenaza de que si no accedía a sus exigencias publicaría las grabaciones realizadas sin conocimiento, ni consentimiento. Estas no serían las únicas mujeres extorsionadas.

El nombre de la víctima se omite en cumplimiento del artículo 9 de la Ley 5777/16 “De Protección Integral a las Mujeres contra Toda Forma de Violencia”, que prohíbe la reproducción de su intimidad para uso particular o difusión pública de la información relacionada con un hecho de violencia, sin autorización de quien la padece.

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