Fue decisión de los jueces Adriana Planás, Elsa García y Matías Garcete, quienes rechazaron los incidentes previos en el juicio oral por presunta lesión de confianza.
En primer lugar, no hizo lugar a la excepción de incompetencia de jurisdicción planteada por las defensas, con lo que se declararon competentes para juzgar la causa.
Además, rechazó los pedidos de nulidad parcial del auto de apertura a juicio y de la prescripción parcial de la acción penal, con lo que se pretendía sacar parte de los hechos. Concluyeron que no se configuraban los presupuestos legales invocados por las defensas.
Asimismo, el Tribunal Especializado también rechazó los pedidos de exclusión de las principales pruebas documentales de la Fiscalía y periciales ofrecidas por el Ministerio Público.
No obstante, admitió parcialmente la exclusión de algunas documentales de la carpeta fiscal por cuestiones formales, según señalaron. También incorporó al juicio como prueba, la Ordenanza Municipal Nº 104/2020, propuesta por la querella adhesiva, al considerar que podría contribuir al esclarecimiento de los hechos.
En el caso, se acusa al ex intendente Armando Gómez Arévalo y a los demás coprocesados por un supuesto esquema de anulación irregular de facturas municipales, con lo que realiza un desvío de los montos abonados por los impuestos en Lambaré.
Después, el Tribunal de Sentencia dispuso el receso diario. Continuará el próximo miércoles 22 de julio, a las 10:00, donde las defensas presentarán sus recursos de reposición en contra de la decisión del Tribunal de Sentencia. Esto, para hacer una reserva a apelación.