La resolución fue dictada en forma unánime por los camaristas Arnulfo Arias, Bibiana Benítez y Arnaldo Fleitas. Confirmaron la sentencia dada en el juicio oral el 30 de octubre del 2023 por los jueces Alba González, Dina Marchuk y Gloria Hermosa.
Según se probó en el juicio oral, J. P. G., alias Derlis, junto con unas 20 personas, entre hombres y mujeres, todos miembros del EPP, el 8 de julio de 2019, irrumpieron en una estancia en Cerro Guazú, Concepción, donde mataron a Avelino Camargo e incendiaron la estancia.
Fue hallado culpable de asociación terrorista, por lo que le condenaron a la citada pena, ya que era menor de 17 años. Esto fue apelado por el defensor público Carlos Arce, que pidió anular el fallo y un nuevo juicio oral. La Fiscalía pidió ratificar el fallo.
Los jueces analizaron la sentencia y entendieron que se respetaron todos los derechos del menor y otros como indígena, por lo que en forma unánime confirmaron la resolución. Ahora, la defensa podría recurrir a la Sala Penal de la Corte en casación.