Explicó que esto se dio a raíz de una reunión con los jueces de Paz en Paraguarí, donde se planteó la problemática de las interpretaciones y las competencias de los mismos en los juicios.
La ley 6059/18 amplió hasta 300 jornales mínimos la competencia de los juzgados de Paz, a más de darle competencia en asuntos de la Niñez para homologar acuerdos, entre otros.
Jiménez citó como ejemplo que en la citada ley dispone que no tienen competencia para derechos reales y posesorios, pero en el artículo siguiente dice que sí lo tienen cuando no exceda los 300 jornales mínimos.
Lo mismo pasa en las sucesiones, con respecto a los bienes que no pasen ese monto, pero hay dudas para cuando no existen bienes. Otro punto son las uniones de hecho, que a los 10 años pueden inscribirse como matrimonios. En la Ley 1/92 señala que tienen competencia, y en la nueva no.
El ministro apuntó que todas estas contradicciones hacen que se creen conflictos de competencia que deben ser resueltos en la Sala Civil, lo que genera un tiempo valioso de espera para el justiciable.
Jiménez explicó que hablarán con el gremio de jueces de Paz, a más de existir un proyecto sobre el tema, que servirán para el estudio del proyecto, en el que estarán también otros ministros.