05 jun. 2026

¿Qué pasa si un conductor se niega a someterse al alcotest?

Un amplio debate sobre la obligatoriedad y legalidad de las pruebas de alcotest se desató este martes. Varios abogados hablan al respecto en esta nota.

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El consumo de alcohol por parte de conductores pone en riesgo la integridad de terceros.

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Tras el incidente entre la periodista María Teresa López y la Patrulla Caminera, porque la presentadora de televisión quiso negarse a la prueba de alcotest, varios interrogantes surgieron al respecto entre los internautas, tales como ¿es legal la prueba en los controles aleatorios? ¿Un conductor se puede negar? ¿Qué dice la ley al respecto?

De acuerdo con el abogado Diego Lansac, la obligatoriedad de realizar la prueba de alcotest en las rutas es “totalmente inconstitucional”, debido a que implica la generación de una prueba en contra del conductor, lo que se opone al derecho de la presunción de inocencia.

Asimismo, afirmó a Última Hora que ni siquiera un fiscal tiene la potestad de obligar a una persona a someterse al examen, ya que el único estamento que puede disponer su realización es un juzgado, mediante una orden judicial.

“Un principio del derecho penal es que nadie puede generar pruebas en tu contra, solamente con una orden de un juez (se puede obligar a un conductor a realizar la prueba). Es inconstitucional (la medida), porque uno debe presumir la inocencia de la gente. Ellos no pueden hacerte soplar, porque así presumen que estás alcoholizado”, aseguró Lansac.

Nota relacionada: Para la Caminera, conductores deben demostrar su inocencia a agentes

En ese mismo sentido, explicó que en caso de que el conductor se niegue al alcotest, el agente de tránsito lo que puede hacer es comunicarlo a la Fiscalía, cuyo representante solo puede detener al involucrado por un total de seis horas, a la espera de la orden judicial.

Asimismo, aseveró que los inspectores no pueden retener de ninguna forma los documentos del involucrado y que, en caso de que intente obligar a realizar el alcotest sin respetar el procedimiento establecido por ley, el ciudadano puede proceder a realizar una denuncia, pese a que lamentó que nadie quiere pasar por dicho proceso.

“Ellos no te pueden retener bajo ningún punto de vista tus documentos, no te pueden obligar a realizar el alcotest. Si para pasar el mal rato te hacen la prueba, es totalmente ilegal. Se debería denunciar, pero nadie lo hace porque es una pérdida de tiempo y queda en la nada”, aseguró el profesional del Derecho.

Finalmente, señaló que, si bien la Ley 5016 “De tránsito y seguridad vial” establece en su artículo 107 que los conductores deben estar sujetos a dichas pruebas si se ven involucrados en accidentes, de todos modos se debe contar con una orden judicial para ser sometido al alcotest ante siniestros viales.

El artículo 107 de la mencionada normativa textualmente indica que “todo conductor de vehículos y los involucrados en un accidente de tránsito deben sujetarse a las pruebas expresamente autorizadas, destinadas a determinar su estado de intoxicación alcohólica o por sustancias estupefacientes o sicotrópicas en el momento del hecho”.

De la misma forma, el abogado José Casañas Levi también manifestó a Última Hora que el chofer de un rodado puede negarse a ser sometido al alcotest, pero que —en ese caso— el inspector rutero también puede pedir al juez una orden para extracción de sangre.

Mientras tanto, Casañas Levi indicó que el agente sí puede proceder a retener al conductor si encuentra indicios de que está alcoholizado o drogado, debido a que ya se trata de un proceso en flagrancia.

Por su parte, Eduardo Pérez Avid, abogado de profesión, también se hizo eco del tema este martes y expresó que, a su criterio, “solo cuando el conductor esté involucrado en un accidente de tránsito puede ser sometido a la prueba de alcotest” y aseveró que la ley es clara al respecto, coincidiendo así con el abogado Jorge Vasconcellos, quien habló sobre el punto a través de Monumental 1080 AM.

“No existen los controles aleatorios, es una excusa. Nadie me puede obligar a someterme a la prueba. Otra cosa es si estoy involucrado en un accidente. Lamentablemente el abuso de autoridad no es castigado”, lamentó el profesional a la emisora radial.

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Después de que se haya conocido el caso de la presentadora María Teresa López, quien finalmente accedió a realizar la prueba de alcoholemia y dio negativo, el jefe de Relaciones Públicas de la Patrulla Caminera, Adolfo Ortega, señaló que para los agentes de la institución los conductores deben demostrar su inocencia sometiéndose a la prueba de alcotest.

“Hay que presumir de que, siempre, un conductor, al no saber el estado en el que se encuentra, hay que presumir de que está en una situación anormal (alcoholizado). No es una obligatoriedad, pero ese conductor debe someterse y punto, ¿cuál es el drama?”, refirió el inspector.

Dichas declaraciones las realizó, pese a que la presunción de inocencia es un derecho fundamental que se consagra en la Constitución Nacional de Paraguay, los tratados y las diversas leyes paraguayas, por lo que fue bastante cuestionado. El abogado Vasconcellos incluso señaló que, por sus afirmaciones, Ortega no puede seguir en el cargo.

De acuerdo con lo que había señalado a Última Hora en noviembre pasado el fiscal Julio Ortiz, la Policía Nacional, la Policía Municipal de Tránsito y la Patrulla Caminera son las entidades habilitadas para realizar la prueba de alcotest cuando una persona esté en falta visible o en controles establecidos.

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