26 may. 2026

Otra condena al Estado por error judicial en perjuicio de docente

POR DAÑOS. El Tribunal de Apelación Civil confirmó la suma de G. 853.112.437 para víctima.
EN PRISIÓN. Docente estuvo en la cárcel del Buen Pastor por dos años, nueve meses y siete días.

Clementina Ruiz Díaz, docente presa.

EN PRISIÓN. Clementina Ruiz Díaz, cuando fue detenida en Carapeguá, tras la muerte de su pequeño hijo. Al final, fue absuelta de culpa y reproche por el hecho..

FOTO: GENTILEZA.

El segundo fallo que condena al Estado por error judicial, en menos de una semana, es por el caso de una docente que estuvo presa 2 años, 9 meses y 7 días, acusada de la muerte de su pequeño hijo, en la que finalmente fue absuelta de culpa y reproche.

Fue fallo dividido del Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Tercera Sala, integrado por los camaristas Juan Carlos Paredes, Arnaldo Martínez Rossano y Antonia López de Gómez.

Estos ratificaron la sentencia dictada por el juez Civil, Diego Alejandro Torres Sandoval, que condenó al Estado a abonar la suma de G. 853.112.437, más un interés del 2,3% mensual desde el inicio de la demanda. Estos intereses, a la fecha, suman unos G. 1.844.711.084.

La demanda fue planteada por la docente Clementina Ruiz Díaz Ojeda por daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual, a raíz de que estuvo presa injustamente por 2 años, 9 meses y 7 días, en el Penal del Buen Pastor, desde el 25 de octubre de 2013 al 1 de agosto de 2016.

La causa inició en el 2013, cuando el fiscal Darío Villagra la imputó por homicidio doloso y pidió su prisión preventiva. Según la imputación, mató a su hijo recién nacido y luego lo enterró en la huerta de su casa, ubicada en la compañía Pacheco, de Carapeguá.

En aquella ocasión, Ruiz Díaz dijo a los intervinientes que su hijo Tobías Ezequiel había fallecido y que, como no sabía los pasos legales para la sepultura, optó por enterrar el cuerpo en la huerta. A la prensa, esta señaló que la criatura murió dos días atrás, pero el cadáver ya estaba en avanzado estado de descomposición.

ABSUELTA. El caso llegó a juicio oral el 1 de agosto del 2016, casi 3 años después. Los jueces la absolvieron de culpa y reproche. El fallo expresamente habla del error material del fiscal y el juez por no observar en el informe del médico forense que no se podía hacer la autopsia por el alto grado de putrefacción.

Tras quedar firme la resolución, finalmente, el 26 de julio del 2018, la mujer planteó la demanda contra el Estado por indemnización por daños y perjuicios por ser los funcionarios públicos, funcionarios mandatarios o representantes del Estado.

En su demanda, la docente requirió la suma de G. 107.591.250, en concepto de salarios caídos, mientras que solicitó G. 1.519.500.000 en concepto de daño moral, en razón de G. 1.500.000 por cada día que estuvo presa. En total, pidió la suma de G. 1.627.091.250.

La Procuraduría General de la República solicitó rechazar la demanda porque no se determinó la responsabilidad del Estado, ya que no se acreditó el error judicial cometido en la causa.

Sin embargo, en primera instancia, el juez entendió que sí hubo error del Estado, ya que los actos de los funcionarios causaron daño a la docente, quien estuvo privada de su libertad en el Penal del Buen Pastor.

Así, el juez entendió que correspondía el lucro cesante por los salarios no percibidos desde junio del 2014 a julio del 2016, por la suma de G. 94.122.437. Además, el daño moral, por la suma de G. 759.000.000, en razón de G. 750.000 por cada día, en total 1.012 días. Tras analizar la sentencia, los camaristas confirmaron la decisión del juez Diego Torres Sandoval a favor de la docente contra el Estado.

Hubo votación dividida en fallo

La resolución del Tribunal de Apelación Civil y Comercial, Tercera Sala, fue dividida. Los camaristas Juan Carlos Paredes y Arnaldo Martínez Rozzano votaron por confirmar en todos sus puntos la sentencia dictada en primera instancia. Por su parte, la camarista Antonia López de Gómez entendió que había que modificar el monto de la condena al Estado y reducirlo a la suma de G. 444.122.437, más los intereses del 2,3% mensual, desde el 26 de julio del 2018. Esto, a la fecha, sumarían G. 960.192.704, según la magistrada.

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