Mujeres afiliadas al Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), entre ellas la concejala Fiorella Forestieri, la ex candidata a diputada Pilar Abente, la ex senadora Blanca Lila Mignarro y la vicepresidenta del PLRA, Alba Talavera, presentaron este sábado un amparo judicial, mediante los abogados Ernesto Fonseca y Marlene Orue, para buscar impedir la eliminación de la paridad de hombres y mujeres en las elecciones, que según se maneja, podría darse en la Convención Liberal de este domingo.
Si bien la Convención Nacional Extraordinaria de los liberales solo contempla dos puntos, se habla de que esta modificación podría ser introducida en el día. El amparo fue presentado ante el Juzgado Electoral del Primer Turno de la Capital.
Los puntos por lo que se hizo la convocatoria son: la aprobación de las figuras electorales de alianza y concertación para las elecciones municipales del año 2026, como también la modificación del estatuto partidario para adecuarlo a la Ley 6501/2020 Que regula el financiamiento político.
En el amparo, recalcaron que el estatuto partidario establece que la modificación de cualquier artículo del estatuto a ser modificado debe ser aprobado previa discusión en el seno del Directorio, y luego puesto a consideración de la convención, previa socialización y publicación según lo requiere la formalidad establecida en las leyes y el estatuto y que en ningún caso podrá tratar asuntos varios.
“Atendiendo a la inmediatez de la Convención Nacional Extraordinaria del Partido Liberal Radical Auténtico, prevista para el día 12 de octubre de 2025, y a la gravedad e inminencia de la amenaza denunciada, solicitamos se dicte medida cautelar urgente con el fin de evitar un daño irreparable a los derechos y garantías de los convencionales y afiliados del partido”, peticionaron.
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En ese sentido, solicitaron que se disponga que dicha Convención se limite estrictamente al Orden del Día publicado en el diario de fecha 13 de septiembre de 2025, prohibiéndose el tratamiento de cualquier otro asunto ajeno a los puntos convocados, en especial, la modificación de los artículos 103 y 104 del Estatuto Partidario, relativos al principio de paridad de género en la conformación de las listas electorales, por ende, las candidaturas femeninas en las listas del PLRA.
Asimismo, pidieron se disponga expresamente que no podrá convocarse ni autoconvocarse otra Convención el mismo día ni de manera sucesiva o paralela, bajo ninguna modalidad irregular o sin observar las formalidades establecidas en el Estatuto Partidario, cuando ello tenga por objeto la alteración del régimen
Finalmente, requirieron que se ordene la constitución personal del juez electoral en el local de la Convención, a fin de garantizar el cumplimiento efectivo de la medida cautelar.