El video de un caso de ataque de un hombre contra su ex pareja en el barrio Trinidad de Asunción causó indignación debido a la violencia ejercida y porque la agresión ocurrió durante la presencia de una niña.
En el material –al que accedió Telefuturo– se observa cómo Hugo Florentín, supuestamente en estado etílico, empujó con fuerza desmedida a la mujer, provocando su caída al suelo. Otra persona intentó intervenir para evitar nuevas agresiones, pero el hombre arrojó a la víctima contra el empedrado por segunda vez.
El hecho grabado se registró hace más de diez días, el pasado 18 de enero, en horas de la madrugada.
Supuestamente, el presunto victimario tras agredir a su ex pareja en la vía pública, ingresó a la vivienda de la mujer y destrozó electrodomésticos y otras pertenencias de la víctima, quien realizó la denuncia en la Comisaría 12ª de Asunción, al amanecer. Después de lo ocurrido pidieron medidas de protección efectivas.
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¿Otro caso de inacción del sistema?
El comisario Fredy Amarilla, en conversación en las últimas horas con los medios a partir de la divulgación del video, señaló que la Fiscalía emitió una orden de alejamiento, que está vigente contra el denunciado.
Sin embargo, no existe una orden de detención, pese a la denuncia y al video de prueba de la agresión.
El comisario expresó que ellos “podrán intervenir” únicamente si se incumple la orden de alejamiento; es decir, en caso de que Florentín vuelva a acercarse a la víctima o a su domicilio, será detenido.
El artículo 229 del Código Penal, de violencia familiar, señala que el que, aprovechándose del ámbito familiar, ejerciera actos de violencia física o psicológica sobre quien sea o hubiese sido su cónyuge, concubino, pareja sentimental, o contra quien se hubiese negado a restablecer una relación de pareja, será castigado con pena privativa de libertad de uno a seis años.
En su inciso tercero, agrega que la pena podrá ser aumentada hasta ocho años cuando el acto de violencia se realizare en contra de niños, niñas y adolescentes o en su presencia.