Las víctimas del hecho, Lucía Mabel y Verenisse Isabel Pérez González, habían planteado recurso de casación contra la resolución del Tribunal de Apelación de la Niñez y la Adolescencia de Central, del 20 de octubre de 2023, que ratificó el sobreseimiento definitivo dictado por la jueza Penal de la Adolescencia, María Nunila González, el 24 de noviembre de 2022.
Ahora, con voto dividido, los ministros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y Carolina Llanes admitieron el estudio del recurso, pero confirmaron la resolución dictada por los camaristas, que confirmó el sobreseimiento definitivo del encausado. Dicen que de oficio incluso el juez debe dictar la extinción de la acción y el sobreseimiento al pasar el plazo de reapertura sin que la Fiscalía lo solicite.
El hecho se registró el 17 de noviembre de 2017, sobre la avenida Coronel Felipe Toledo, a la altura del km 26. Fue protagonizado por el automóvil de Toyota, modelo IST, plata, guiado por un joven estudiante de 17 años.
En el caso, fallecieron Zunilda González de Rodríguez, de 50 años, y Mabel González González, de 40 años, ambas domiciliadas en el lugar. Además, sufrieron heridas y fueron internadas en el Hospital de Trauma, Lucrecia González, Candelaria González, Cayetano González, y un niño de un año.
Todos ellos estaban frente a su casa en horas de la tarde, tomando tereré, cuando fueron atropelladas por el vehículo que era conducido a toda velocidad por el menor que perdió el control del rodado. El joven dio negativo al alcotest.
En el caso intervino el fiscal de turno, Adriano Ortiz, quien le imputó por homicidio culposo y otros delitos. Sin embargo, como requerimiento conclusivo, ya tras la investigación, solicitó la suspensión condicional del proceso. La defensa ofreció un inmueble como reparación del daño.
Trámite de oposición
Sin embargo, en la preliminar, el 2 de febrero de 2021, las víctimas rechazaron el ofrecimiento y pidieron a la magistrada que se opusiera al pedido. Al final, la jueza Penal de la Adolescencia, María Nunila González, le dio el trámite de oposición al requerimiento fiscal.
Al final, el fiscal adjunto Édgar Moreno, al contestar el trámite de oposición, pidió el sobreseimiento provisional para ejecutar varias diligencias que debían ser realizadas por el fiscal.
En la nueva audiencia preliminar, el 20 de mayo de 2021, la jueza Penal de la Adolescencia concedió el sobreseimiento provisional para que se realizaran las diligencias solicitadas.
Sin embargo, pasados un año y seis meses del sobreseimiento provisional, como el fiscal no pidió la reapertura de la causa dentro del plazo que tenía, la defensa solicitó el sobreseimiento definitivo, lo que fue concedido por la jueza el 18 de noviembre de 2022, con el allanamiento del agente del Ministerio Público.
Esto fue apelado por las víctimas con el argumento de que no fueron notificadas del pedido de sobreseimiento definitivo. Sin embargo, el Tribunal de Apelación de Central rechazó el pedido y confirmó la resolución.
Ahora, la Corte confirma la resolución, ya que ante la falta de pedido de reapertura de la causa, el juez incluso de oficio debía extinguir la acción y decretar el sobreseimiento definitivo.