La directora de Reinserción Social detalló cómo funciona la Justicia restaurativa, con la implementación de servicios comunitarios que ahora empiezan a realizar las personas privadas de libertad. Habló de la redención y dela necesidad de concienciar a la comunidad a una aceptación gradual a los que salen de prisión.
–¿Cómo hoy es el proceso de la reinserción social?
–Lo que siempre digo es que el proceso de reinserción no se da dentro de las penitenciarías, sino se da con el egreso de una persona privada de libertad.
Lo que se hace en el contexto de encierro es brindarles herramientas a través de programas educativos, laborales, incluso culturales, para que puedan ser utilizadas cuando salgan en libertad. Y la verdadera reinserción se realiza ya una vez que ellos estén dentro de sus comunidades, sus barrios, en el ámbito familiar.
Ellos salen evidentemente con un estigma social, con una marca, con una etiqueta, que eso es inevitable totalmente. Pero una vez que salen, ellos tienen que empezar a utilizar esas herramientas aprendidas dentro del contexto de encierro y ya está a cargo de la sociedad esa aceptación gradual.
Una persona puede salir capacitada al máximo, incluso con un oficio o con una herramienta mucho más importante, que es la educativa, salir con un título. Pero si existe ese rechazo, igualmente las puertas se cierran y, de todas maneras, estas personas va a querer otra vez reincidir, porque es lo único que les queda o lo que les resta para sobrevivir.
Entonces, depende también ese caminito de la reinserción de la apertura de la sociedad hacia las personas y las oportunidades que pueda brindar.
Una persona puede salir capacitada al máximo, pero si existe ese rechazo, igualmente las puertas se cierran y va a querer otra vez reincidir, porque es lo único que les queda para sobrevivir.
–Y se está avanzando también con los servicios comunitarios…
–Eso es algo que queríamos hacerlo hace rato, porque ese acercamiento entre las personas privadas de libertad y la comunidad es importante.
Y es un poco también de justicia restaurativa. Es como reparar el daño ocasionado, pero no se podía hacer hasta hace poco. Gracias a la Ley 7621, promulgada el 29 de diciembre del 2025, que por primera vez permite que personas privadas de libertad salgan de su contexto de encierro y puedan realizar estas labores a favor de la sociedad.
Le llamamos trabajo voluntario, que comúnmente se conoce como servicio voluntario o trabajo comunitario, para que voluntariamente salgan a retribuir a la sociedad con mano de obra.
–¿Cómo funcionarán los servicios voluntarios a partir de ahora?
–A partir de ahora podemos brindar ese servicio partiendo de cualquier centro penitenciario del país para las comunidades, siempre en alianza coninstituciones, en base a pedidos realizados al Ministerio de Justicia por cualquier institución pública, privada, sociedad civil o representantes de comunidades que pidan un servicio específico.
–¿Por qué el nombre del programa “Servicio que reconstruye”?
–Porque justicia también significa darle oportunidad a estas personas a que salgan y muestren que pueden ser reinsertadas, y justicia también implica que la sociedad acepte a estas personas como parte de sus comunidades y reconstruir dos cosas: A la propia persona privada de libertad a reconstruirse a sí misma como personas útiles a sus familias, a la sociedad y a sí mismas.
Y también reconstruir lo que falta en una comunidad, reconstruir servicios o espacios públicos, reconstruir espacios que estén destinados a la educación, al arte, la cultura.
(El servicio comunitario) es un poco de justicia restaurativa. Es como reparar el daño ocasionado. Gracias a la Ley 7621, privados de libertad puedan realizar labores a favor de la sociedad.
–¿Estos servicios sirven también para la redención?
–Sí, eso es algo nuevo también que se introduce justamente en el texto legal. La redención siempre existió en el Código de Ejecución Penal, solamente que estaba estrictamente ligada a los estudios y al trabajo dentro del contexto de encierro, con unas reglas que no eran muy claras al momento de los cálculos y los cómputos, lo que motivó que todo el capítulo referente a redenciones sea modificado.
Entonces, se introducen nuevas reglas para los cómputos, en la parte educativa especialmente, porque se entiende que la educación es lo primordial para una persona privada de libertad. Vemos que el mayor porcentaje nunca ha culminado sus estudios.
Se le da con esta ley mucha más importancia a la parte educativa que a la parte laboral, y se otorgan redenciones extraordinarias por metasdentro de los años de estudio, ya sean educación básica, media y universitaria, y se incluye también esas metas para capacitaciones en oficio.
Y dentro de eso ingresa el texto nuevo también que hace alusión a la posibilidad del servicio voluntario gratuito para la comunidad.
–¿Cómo se calcula ahora la redención?
–En educación ahora es por meta de año, en el sentido de que cuando completamos el año lectivo y pasamos de nivel. Por cada año concluido, son tres meses de redención.
Anteriormente se calculaba por horas; es decir, 8 horas de estudio equivalía a un día (de redención). Eso otra vez se sumaba y se dividía entre 3 días y finalmente había un tope de 7 días por mes.
Entonces en contexto de encierro teníamos esa problemática, justamente porque los Juzgados de Ejecución pedían la planilla de asistencia que no teníamos como Ministerio de Justicia, sino que lo tenía el Ministerio de Educación.
Con el nuevo texto se solucionan varias problemáticas. Ahora sencillamente es con el certificado del Ministerio de Educación que pasaste al siguiente año. Entonces, también esto hace que la persona no deje sus estudios por el camino, sino que se incentive a culminar e ir avanzando hasta recibir el título.
–Y en cuanto al trabajo, ¿cómo se calcula?
–En el sistema de trabajo tenemos dos reglas ahora en la nueva ley. La regla de la redención ordinaria es la misma que ya existía en el Código de Ejecución Penal, que para todos aquellos trabajos remunerados, ocho horas de día de trabajo divididos entre tres.
Y existe la redención laboral extraordinaria y ahí entra el servicio comunitario que tiene la regla del dos por uno.
También salen ocho horas a trabajar diariamente, pero el cálculo es dos por uno: Por cada dos días de trabajo, un día de descuento menor, que incentiva a salir, a portarse bien a realizar el servicio con ganas, con amor hacia el prójimo.
–Con relación al Comple, donde hubo muchas críticas. ¿Cómo se trabaja ahora con miras a la reinserción?
–Realmente el tener una estructura nueva cambia totalmente la utilización de programas. Hoy en díalas condenadas están separadas de las procesadas. Tenemos tres módulos para condenadas, tres para procesadas.
Y dentro hay una subclasificación que hace que ellas puedan estar en uno o determinado módulo donde tienen sus propios talleres, sus propias aulas, de clases y de capacitación, su propio patio interno, lo que implica que el Ministerio de Educación tiene que bajar las clases o la educación en todos los módulos en diferentes horarios.
Ahora no tenemos problemas de espacio o falta de aulas y se llega a más mujeres.
Y al tener una clasificación, tenemos un módulo con un programa textil, donde ya se encuentra una empresa trabajando. En otro módulo, se enfocan en manualidades y artesanías. Y otro donde tenemos un programa laboral con industrias gráficas.
Y tenemos otros programas de asistencia espiritual en cada módulo. Y esperamos aumentar la cantidad de programas para que ellas, en el tiempo que estén ahí, tengan el 100% de su tiempo libre ocupado.
Rosalía González
Abogada, especialista en Derecho Penal y Procesal Penal. Doctora en Ciencias Jurídicas. Fue relatora de la Corte, jueza de Ejecución Penal ordinario y de Delitos Económicos y Crimen Organizado.
Es directora de Reinserción Social del Ministerio de Justicia.