La procesada señala, en su recurso de reposición con apelación en subsidio, que la fecha inicial fijada por el Juzgado era el 1 de setiembre, pero el fiscal Osmar Legal solicitó la abreviación del plazo y acusó a la agente del Ministerio Público.
Según explica, el juez directamente aceptó la acusación sin fijar una audiencia para las partes para estudiar el pedido de abreviar el plazo, ni tampoco resolvió nada sobre el mismo, sino que directamente admitió la acusación fiscal.
De esta manera, dicen los abogados defensores Juan Rafael Ramírez y Mónica Oviedo, los derechos procesales rigen en todas las etapas del proceso, y no solo en el juicio oral y público.
Alegan que se vulneró la garantía constitucional de observar el cumplimiento del plazo indispensable para la preparación de la defensa.
Ahora, el magistrado correrá traslado al Ministerio Público, para luego resolver el recurso planteado por la imputada agente fiscal.