20 feb. 2026

La Corte rechaza incidente y Cárdenas debe cumplir pena

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A prisión. La Corte rechazó pedido de Roberto Cárdenas.

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La Sala Constitucional de la Corte rechazó “in límine” un incidente de nulidad de actuaciones que planteó el ex intendente de Lambaré, Roberto Cárdenas, en la acción de inconstitucionalidad que rechazó anular la pena de 8 años de cárcel por lesión de confianza.

En el caso, el ex jefe comunal había accionado contra el acuerdo y sentencia del 19 de agosto del 2022, del Tribunal de Apelación de Central, por el que se confirmó la condena que se dictó en el juicio oral el 23 de diciembre del 2021, donde lo condenaron a 8 años de encierro.

Este presentó una aclaratoria contra este fallo el que fue rechazado el 9 de setiembre de este año, con lo que ya debía cumplir con su condena de prisión por lesión de confianza.

Sin embargo, el propio Roberto Cárdenas planteó nuevamente un incidente de nulidad de actuaciones, debido a que no se había corrido traslado a la otra parte de la acción que había planteado, con lo que pretendía anular las dos resoluciones de la Sala Constitucional.

De esta manera, el pedido fue nuevamente estudiado por los ministros Víctor Ríos, César Diesel y Gustavo Santander.

Los ministros señalan en su resolución que el incidente fue deducido de manera extemporánea, ya que cuando fue notificado de la sentencia y luego de la aclaratoria, tuvo conocimiento de todos los actos del expediente.

En el caso, Cárdenas había pedido aclaratoria del acuerdo y sentencia del 2 de abril pasado, el que fue resuelto el 2 de setiembre y notificado el mismo día.

Después, Cárdenas de nuevo pide aclaratoria de la aclaratoria, el 3 de setiembre pasado, el que fue resuelto el 9 de setiembre pasado.

Con ello, dicen que con la notificación del 2 de setiembre del 2024, el mismo tenía hasta el 10 de setiembre para presentar su incidente, pero lo hizo en fecha posterior, ya fuera del plazo.

Además, apuntan que tampoco señala cuál fue el perjuicio ocasionado de manera cierta, concreta e irreparable, por lo que en forma unánime rechazan el nuevo pedido de la defensa.

De esta manera, ya no existen recursos o incidentes a ser planteados, por lo que la pena de 8 años de cárcel por lesión de confianza, deberá ser cumplida.

La pena es en la causa por la reparación y remodelación de instituciones educativas, donde debido a obras deficientes, el techo de una de las aulas se derrumbó sobre los alumnos del Colegio Nacional de la Lambaré.

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