Además del tendal de víctimas, está claro que los juzgados están sobrepasados, al punto de que varios de ellos manejaban entre 15 mil y 20 mil expedientes, lo que, con la infraestructura y el personal que tienen, es imposible manejar, Esto los convierte en caldo de cultivo para hechos de corrupción.
La competencia de estos Juzgados se regulaba con el Código de Organización Judicial, una ley del año 1981. Estaban los Juzgados de Paz en lo Civil, Comercial y Laboral, atendían juicios cuya cuantía iba hasta los sesenta jornales, unos G. 6.457.620, según el salario mínimo actual.
Tenían facultad en asuntos civiles, comerciales o laborales que no sobrepasaran dicho monto. Se excluían casos de familia, convocación y quiebras, acciones reales y posesorias sobre inmuebles y sucesiones.
Entre otras cosas, también hacían diligencias encomendadas por Juzgados, inventarios, certificar existencia de personas y domicilios, comunicar casos de abandono, autenticar firmas. Además, estaban los Juzgados de Paz en lo Criminal, que instruían sumarios de delitos, siempre que no hubiera juzgado Penal.
Con esto, los casos que más atendían eran los juicios ejecutivos para el cobro de deudas, aunque con la Ley 1.600 pasaron a tener competencia en casos de violencia doméstica.
Luego venían los Juzgados de Justicia Letrada en lo Civil y Comercial, que tenían una competencia entre 60 y 300 jornales. Es decir, hasta G. 32.288.100, según el salario mínimo actual. Sobre estos estaban los Juzgados de Primera Instancia, con competencia de más de 300 jornales.
Sin embargo, la Ley 6059 del 2018, amplió la competencia de los Juzgados de Paz en juicios hasta 300 jornales, lo que significó que desaparecieran estos juzgados intermedios entre juzgados de Paz y juzgados de Primera Instancia.
Aparte del monto de los juicios, también tuvieron más funciones, tales como entender en asuntos de la niñez y adolescencia, civiles, comerciales o laborales; además, de las acciones posesorias y sucesorias de propiedades rurales y urbanas hasta el citado monto.
Incluso, juicios de alimentos, homologación de acuerdos, tutela, curatela o insanía para los que no tienen bienes, medidas urgentes de seguridad para casos de niños, y los de violencia doméstica.
Entonces, de 60 jornales como máximo de competencia, pasaron a 300 jornales, lo que hizo que todas las demandas de cobros de guaraníes que antes iban a Justicia Letrada pasaran a Juzgados de Paz. Este aumento de casos no fue acompañado de infraestructura ni personal.
Es que cada demanda implica dictar providencias, notificar a los demandados, sacar mandamientos de embargos, resolver cuestiones por autos interlocutorios y sentencias, para cada expediente. Aunque no es nuevo que en estos juzgados se pidieran que los propios abogados agregaran estas resoluciones, la necesidad aumentó con los casos.
No se trata de justificar, sino de que se vea el problema. Evidentemente, el cambio hizo que los juzgados de Paz quedaran totalmente sobrepasados, lo que generó que, ante la urgencia de sacar las resoluciones, viniera la corrupción descubierta a través de las auditorías de la Corte.
Es evidente que hay que disminuir la competencia de los Juzgados de Paz, ya que, de lo contrario, por más medidas que se tomen la corrupción seguirá. Y es muy difícil controlar por la cantidad de cuestiones que tienen. Ahora recién algunos juzgados tienen expediente electrónico. Habrá que ver si esto es la solución.
Los legisladores tendrían que ver la posibilidad de cambiar la ley para disminuir la competencia de los juzgados de Paz. Deben tener en cuenta la realidad de cada uno y no solo estudiar soluciones temporales.