En la sesión del JEM, estudiaron los planteamientos hechos por la magistrada Carmen Analía Cibils, actualmente imputada por supuestos hechos de prevaricato y uso de documentos públicos de contenido falso, en uno de los casos conocidos como de la mafia de los pagarés.
La juzgadora había presentado la excepción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 18, 33, 34 y 35 de la Ley 6814/21, que regula el Jurado de Enjuiciamiento. Sostuvo que las citadas normativas eran contrarias a la Constitución, por lo que pidió que así sean declaradas.
El ministro Alberto Martínez Simón fue el preopinante en la cuestión. Explicó que la excepción de inconstitucionalidad se planteaba en los procesos judiciales para evitar que una ley contraria a la Constitución le sea aplicada.
Con ello, dijo que esta figura jurídica no podía ser presentada en procesos administrativos, por lo que el pedido presentado era improponible ante esta instancia. Al final, fue voto unánime de los demás miembros del JEM y el pedido fue rechazado.
Igualmente, la defensa de la suspendida jueza de paz había presentado un recurso de reposición en contra de la Resolución 16/25, por la cual se dispuso su enjuiciamiento de oficio, se designó un fiscal acusador, se le fijó una fecha para su requerimiento conclusivo y se dispuso su suspensión.
La magistrada enjuiciada sostuvo que la citada resolución, que dispuso la apertura del proceso administrativo, se basó en normativas inconstitucionales.
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Además, que dos de los miembros que votaron ya preopinaron en la sesión del pleno de la Corte, cuando dispusieron remitir al JEM y a la Fiscalía los antecedentes del caso. Asimismo, dice que el enjuiciamiento no tenía sustento jurídico.
El mismo ministro de la Corte, Alberto Martínez Simón, sostuvo que la misma ley del JEM señala que era irrecurrible la resolución que disponía el enjuiciamiento, por lo que votó por declarar improponible el citado recurso.
Por su parte, el miembro Enrique Berni votó con la aclaración de que, a su criterio, sí podía estudiarse la medida cautelar de suspensión, no así el recurso contra el enjuiciamiento.
El pedido finalmente fue rechazado, con lo que quedó firme el enjuiciamiento de la jueza de paz de La Encarnación, Carmen Analía Cibils.
En el caso, el enjuiciamiento se dio a raíz de los resultados de la auditoría de la Corte que dejaba al descubierto el esquema de la mafia de los pagarés que, con falsas notificaciones, seguían juicios ejecutivos donde se cobraban deudas con pagarés ya cancelados o firmas falsificadas.