Con voto dividido respecto a la decisión, los camaristas Arnulfo Arias, Arnaldo Fleitas y Adriana Giagni Rojas confirmaron la resolución del Tribunal de Sentencia, que rechazó un recurso contra el fallo que dispuso verificar el estado de salud del procesado.
El pasado 5 de junio, los jueces Laura Ocampo, Cándida Fleitas y Sonia Villalba habían resuelto la constitución de un médico forense para verificar el estado de salud del acusado Héctor Iván Grau, en la fecha fijada para el juicio oral.
Además, señalaron que, al tener dos abogados defensores, uno de ellos debía constituirse en el domicilio del acusado mientras que el otro abogado comparecerá en la sala de juicios para llevar adelante la audiencia, de esa manera continuará el juicio oral el 6 de junio de 2025, a las 08:00, conforme con su resolución.
Sin embargo, la defensa –encabezada por el abogado Álvaro Arias– había recurrido la resolución, lo que fue rechazado por los jueces, aunque dieron trámite a la apelación en subsidio, con lo que se suspendió el juicio oral.
Ya en el fallo, la mayoría señala que, habiendo dispuesto el Tribunal una diligencia durante el juicio, la norma procesal establece que toda diligencia dispuesta durante el juicio debe dictarse verbalmente, sin que ello implique la suspensión del juicio oral.
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Con ello, dice que pese a esto, igualmente los jueces argumentaron los motivos de la decisión con lo que debía ser ratificado. A este voto se adhirió la camarista Adriana María Giagni.
Por su parte, su colega Fleitas vota por declarar inadmisible el recurso de la defensa, teniendo en cuenta que el Tribunal obró incorrectamente al dar trámite a la apelación en subsidio con relación al recurso de reposición planteado.
De esta manera, el Tribunal de Sentencia ya podrá fijar la fecha para la realización del juicio oral y público para el procesado.
En el caso, Héctor Iván Grau está acusado como autor de la agresión sufrida por Benjamín Zapag en la discoteca Morgan, en noviembre de 2022.
El coprocesado, Marcello Fretes, había sido sobreseído a petición de la Fiscalía General, pero esto fue anulado por el Tribunal de Apelación, por lo que la preliminar debía repetirse.
No obstante, la defensa planteó una acción de inconstitucionalidad contra el fallo que aún está en estudio.