Un total de ocho jueces ya se han apartado de un caso que trata sobre un conflicto de tierras en el cual un grupo empresarial quedó con 312.000 hectáreas de la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial, más conocida como la Secta Moon.
Se trata de tierras en Puerto Casado, ubicadas en el casco urbano como también en la zona rural. Las mismas pertenecían a la organización religiosa de origen oriental más conocida como Secta Moon. Firmas como Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments Limited y Elite Kingdom Investments ganaron en el ámbito legal la titularidad de los inmuebles, tanto en la primera como en la segunda instancia, más en la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El expediente baja a primera instancia para que se ejecute la sentencia y se firme la escritura a favor de las empresas inversoras, ocho jueces ya se han apartado, algunos por amenazas según trascendidos y otros motivos. Lo cierto es que no se puede cumplir con la sentencia.
Abogado. Fernando Marecos, representante legal de la firma Cusabo y otros, afirmó que el objeto del juicio es hacer una escritura pública pero la contraparte se ingenia para hacer todo tipo de chicanas y para infundir el miedo en los magistrados.
“Prueba de ello es que desde se remitió el expediente, ocho jueces ya se han apartado, ya sea por recusaciones o amedrentamientos. Tenemos que titular una propiedad que es nuestra y que la contraparte se negó en transferir. Luego de 10 años de juicio estamos llegando a la parte final. Un grupo empresarial posee un gran potencial de inversión que no lo puede hacer debido a los obstáculos”, explicó.
Viejas prácticas. El abogado afirmó que el caso tiene una trascendencia muy importante en el ámbito general porque se están aplicando prácticas judiciales de la vieja escuela negativa del sistema judicial.
“Se plantean acciones judiciales injustas, infundadas, y chicanas. Hay mucho movimiento mediático para causar una impresión a los magistrados. Es una forma de litigar muy negativa que hay que erradicar de nuestro país. Nosotros le demandamos por incumplimiento de contrato y obligación de hacer escrituras públicas a la Secta Moon”, expresó.
Contexto. La Sentencia Definitiva de primera instancia salió el 23 de noviembre del 2018. En aquella oportunidad, se dio lugar a la demanda de cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública promovida por las firmas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments Limited y Elite Kingdom Investments. Fue firmada por la jueza Tania Irún.
Tras esto, la Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial (Secta Moon) apeló la resolución y fue derivada a la Cámara de Apelaciones en fecha 14 de septiembre del 2021. En ese estadio, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital Segunda Sala resolvió desestimar el recurso de nulidad y confirmar la Sentencia Definitiva número 494 dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Quinto Turno de la Capital, conforme a lo expuesto en el exordio de la presente resolución. La misma fue firmada por los miembros Antonia López, Miguel Rodas, Stella Maris Zárate y Eduardo Figueredo.
Finalmente, representantes de la Secta Moon recurrieron a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) mediante una acción de inconstitucionalidad y también perdieron. El 7 de febrero del 2022, la Sala Constitucional rechazó “in límine” la acción presentada por los abogados Thomas Gwynn, Lorena Dolsa, Michelle Byun y Carmelo Caballero invocando la representación de la citada asociación sobre cumplimiento de Contrato y Obligación de hacer escritura pública.
“Las tres resoluciones, tanto la primera, la segunda como la Corte, constituyen una secuencia de actos procesales que concluyen en la sentencia de cosa juzgada. No amerita ningún tipo de revisión”, explicó el abogado.