La Dirección Jurídica del Instituto de Previsión Social (IPS) autorizó el pago a proveedores de manera discrecional utilizando el rubro 915 de “gastos judiciales”, según documentos a los que accedió Última Hora.
Este análisis se presenta bajo la presunción de irregularidad basada en la contradicción directa entre los actos administrativos del IPS y las normas presupuestarias vigentes.
Según las resoluciones, se detectó un esquema de pagos que ascienden a G. 87.595.252.265, gestionados por la Dirección Jurídica para eludir el control judicial mediante el uso indebido del rubro 915 (Gastos Judiciales).
A pesar de que el Ministerio de Economía dictaminó (N° 18/2023) que el pago de deudas extrajudiciales solo es legal con una sentencia firme de homologación, el director jurídico de IPS, José González, ignoró esta respuesta.
José González dictaminó internamente que la intervención de un juez “no es obligatoria”, autorizando desembolsos millonarios de forma discrecional y sin el aval de la Justicia.
“Lo que estamos viendo es extremadamente delicado: existe un dictamen claro del Ministerio de Economía que exige homologación judicial con sentencia firme antes de pagar acuerdos extrajudiciales con el rubro 915, pero sin embargo se habría cambiado ese criterio internamente para permitir pagos directos por más de G. 87.000 millones”, sostuvo un parlamentario que prefirió el anonimato.
Mencionó que los órganos de control deben actuar inmediatamente.
“Cuando se elimina el control previo de un juez, se debilita el principio de legalidad y se concentra un poder excesivo en una sola dirección administrativa, como es este caso de la Dirección Jurídica del IPS. Necesitamos saber si el Consejo de Administración autorizó estos pagos con pleno conocimiento del dictamen, si existieron sentencias firmes en cada caso y si hubo algún tipo de beneficio indebido. El dinero es de los asegurados, no de los funcionarios, y cada guaraní debe estar respaldado por un procedimiento legal objetivo”, advirtió.
Reglas. El Clasificador Presupuestario del Estado es la “ley de presupuesto”. Para el rubro 915 (Gastos Judiciales), la regla es estricta: solo para juicios, se usa cuando el IPS está en un pleito legal, y para pagar deudas de acuerdos extrajudiciales.
El Ministerio de Economía y Finanzas (Dictamen 18/2023) exige un paso obligatorio e inexcusable: la homologación judicial, y una sentencia firme, el pago solo puede hacerse cuando un juez firma una sentencia que valida el acuerdo, no antes.
El Dictamen N° 18/2023, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas (en respuesta a la consulta directa realizada por la Dirección Jurídica del IPS), concluyó de manera textual lo siguiente: “El IPS deberá realizar los procedimientos administrativos y jurisdiccionales ante las instancias correspondientes, según sea el caso, para la homologación del acuerdo transaccional con las contratistas o proveedores de servicios, a través de Sentencia Judicial (firme y ejecutoriada) para posterior pago en concepto de prestaciones de servicios varios, que podrá ser ejecutado con el Objeto de Gasto 915- Gastos Judiciales.
La Dirección Jurídica del IPS solicitó formalmente el dictamen al Ministerio de Economía y Finanzas para aclarar el abogado González que conocía de primera mano la obligatoriedad de la homologación judicial y, a pesar de haber recibido una respuesta clara y vinculante, decidió apartarse de ella para ejecutar los pagos bajo su propio esquema, según documentos.
ÚH intentó comunicarse con el asesor jurídico de la previsional para conocer su versión; sin embargo, no respondió las llamadas a su número telefónico con terminación 855.
INTERPELACIÓN. El pedido de interpelación al titular del Instituto de Previsión Social, Jorge Brítez, se presentará mañana en la sesión de Diputados. Actualmente, la oposición se encuentra juntando firmas para el efecto.
El titular del IPS acudió a la convocatoria de la Comisión Permanente del Congreso la semana pasada, donde el ambiente se fue calentando con cruces de palabras entre oficialistas y opositores.
Brítez habló de su trayectoria y solvencia económica para desacreditar cualquier acusación de corrupción. Atribuye estos cuestionamientos a una persecución política en su contra.
- G. 87.500 millones es el monto que supuestamente la Dirección Jurídica del IPS autorizó pagar a proveedores con rubro 915.