16 mar. 2026

Imputados dicen ser víctimas de usura por los denunciantes

Miembros del directorio de la firma Parasur SA, imputados por presunta estafa por el fiscal Federico Leguizamón, dicen que son víctimas de usura por parte de los que les denunciaron.

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Imputación. El fiscal Federico Leguizamón solicitó la prisión preventiva, a más de un multimillonario embargo en contra de los tres procesados, por el caso en cuestión.

Directores y apoderados de la firma Parasur SA remitieron una nota al diario, ante la publicación del 18 de julio pasado, donde se dio a conocer la imputación por el fiscal Federico Leguizamón contra Diego Augusto Yaluk, Andrea Nathali Katterer y Humberto Antonio Yaluk, por presunta estafa.

La publicación detallaba que, según el fiscal Leguizamón, existe un supuesto perjuicio de G. 12.052 millones y más de USD 637.200 a las financieras Atlántico SA de Mandatos y Marsella SA.

“Aclaramos que, desde hace 28 años, somos pioneros y líderes con calidad y eficiencia probadas en el rubro de integración de sistemas tecnológicos en el sector privado y en el sector público”, dicen.

“Afirmamos que, raíz de situaciones de retrasos de pagos que nuestros clientes estatales nos interponen por una burocracia política, nos vimos en situaciones financieras no previstas. No obstante, dichas situaciones no refieren ni condicen a nuestra solvencia económica, ni mucho menos solvencia profesional”, añaden.

“Rechazamos y consideramos muy graves e irregulares las actuaciones del fiscal Federico Leguizamón Noguera, quien contra toda lógica procedió a formular imputaciones, permitiendo que medios de comunicación social atribuyan a los investigados supuestos hechos de corrupción de manera totalmente irresponsable, con base a una denuncia presentada por las firmas Atlántico SA de Mandatos y Marsella SA”.

“Nos vimos apremiados (ilegalmente coaccionados), por proveedores financieros, íntimamente ligados a “Aprietes por casos de denuncias penales falsas por supuesta estafa” que utilizaron temeraria, indebida e ilegalmente el sistema penal para “cobro de deudas con excesos de garantías”, determinados esos hechos como usura en el Art. 107 de la CN, Pacto de San José de Costa Rica ley 1/89, y Art. 193 del Código Penal Paraguayo inc. 1, numeral 3. (Exceso de Garantías)”, explican.

Remarcan que tomarán “las medidas legales contra quien o quienes intentan o intentaron utilizar ‘órganos del Estado’, para cobro indebido e ilegal de deudas, así como para aquellos que creando dificultades intentan “cobrar facilidades”.

Finalmente, los representantes reafirman que “seguiremos trabajando con el mismo empeño, por la calidad y servicio que siempre brindamos y con el compromiso que es, fue y será siempre con la calidad y la transparencia”.

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