01 may. 2026

Herederos de un condenado deben reparar daño a Cajubi

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Juicio oral. Los jueces condenaron a Aurelio Ramón Sosa.

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Los herederos declarados del condenado por el caso de la Caja Paraguaya de Jubilaciones y Pensiones del Personal de la Itaipú Binacional (Cajubi), Aurelio Ramón Sosa, deberán pagar la suma de G. 20.307.464.283, como reparación del daño patrimonial.

Esto, según la resolución de la jueza Olga Ruiz, quien admitió el pedido de reparación del daño patrimonial presentado el 1 de noviembre del 2018 por el abogado Juan Carlos Mendonca, en representación de la caja jubilatoria.

Aurelio Ramón Sosa había sido condenado por los jueces Olga Ruiz, Víctor Medina y Lourdes Peña por lesión de confianza, el 15 de setiembre del 2016, lo que fue ratificado por el Tribunal de Apelación el 17 de mayo del 2017. Además, el 19 de junio del 2017, la Corte ratificó el fallo y lo declaró civilmente responsable de los hechos.

Con ello, Mendonca planteó el pedido de reparación en su contra, por la citada suma. Sin embargo, Sosa murió en el 2020, lo que fue comunicado por el profesional, que pidió la suspensión del trámite.

Después, el mismo presentó la sentencia de la sucesión, que declara herederos a la viuda Elizabeth Pastoriza de Sosa, y sus hijos Vivian Elizabeth, Lilian Elizabeth y Neri Andrés Sosa Pastoriza. Pide que se les notifique sobre el pedido de reparación del daño.

Pese a la notificación, no se presentaron, por lo que fueron citados por edictos. Finalmente, la jueza dictó resolución donde señala que Aurelio Ramón Sosa fue declarado civilmente responsable de los hechos.

Con ello, luego de siete años de haberse presentado el pedido de reparación del daño, la jueza entendió que los herederos, la viuda y los tres hijos del condenado por el caso de la Cajubi, son responsables de pagar la suma de G. 20.307.464.283.

Fue condenado a 5 años de prisión Aurelio Ramón Sosa, miembro del directorio de la Cajubi, había sido condenado a 5 años de prisión por lesión de confianza en perjuicio de la Cajubi. En el caso, el perjuicio patrimonial de la misma había ascendido a unos 215 millones de dólares. Respecto al condenado, el perjuicio que se le adjudica es por la suma reclamada de G. 20.307.464.283

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