05 abr. 2026

“Hay que rotar para demostrar esa vocación de no perpetuarse”

El miembro de la Corte criticó duramente la acumulación de poder de los ministros respecto a las superintendencias. Los comparó con una confederación donde se ratifica la decisión de los superintendentes del territorio. Cada uno tiene un poder absoluto, según explicó.

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JOSE BOGADO

@Raulramirezpy

El ministro de la Corte, Víctor Ríos Ojeda, realizó en el pleno una ácida crítica a la forma de distribución de las Superintendencias, especialmente, por la acumulación excesiva de poder de algunos de sus colegas con la nueva distribución.

–En el pleno habló sobre acumulación de poder. ¿Era crítica o preocupación?

–Es una preocupación basada en datos empíricos. Y sí, es una crítica no directamente a mis colegas, sino al modelo de gestión que se ha instalado en la Corte que indudablemente llevó a esta situación de acumulación excesiva de poder en los términos que he indicado. Necesariamente tenemos que discutir y revisar el modelo de gestión. ¿Por qué no se trata de una crítica directa a mis colegas? Porque, que yo sepa y si me equivoco pido disculpas, en la Corte nunca se discutió un modelo de gestión. Esto fue instalándose por inercia, por la rutina cotidiana en la administración del Poder Judicial y es de años, décadas, inclusive. Podemos decir de más de un siglo de gestión porque, que yo sepa, desde 1870 en que se crea el modelo actual nunca se discutió seriamente cómo gestionar el Poder Judicial, según la Constitución, que es claramente democrática y se centra en el equilibrio entre los factores de poder que operan en la sociedad.

–¿Cómo se dio esta desigualdad en la distribución?

–Tengo que mirar desde un principio cómo fueron distribuyéndose las circunscripciones desde la creación de las superintendencias. Porque hay que mencionar que esta apareció de facto, digamos, en algún momento. Y, evidentemente, en principio esto se distribuyó de acuerdo con el peso político que tenía cada ministro. Y bueno, la inercia de la gestión fue evolucionando de tal manera que desembocó en esta situación actual que, en la sesión, con números, con datos públicos, he demostrado que es una situación que considero claramente incompatible con la democracia. Y esto hay que mencionar, lo que presenté en el pleno son datos públicos. Solo que fueron consolidados y se ensayó una interpretación desde la perspectiva constitucional y desde una visión democrática de gestión en este caso del Poder Judicial.

–¿Cree que esta distribución da alguna ventaja a los que tienen más jueces, presupuesto y territorio?

–Sí. Por la forma en que funcionan las Superintendencias. Porque esto también es de conocimiento público, la continuidad o discontinuidad de magistrados, el ingreso y o salida de magistrados y magistradas en las distintas jurisdicciones depende exclusivamente del criterio del superintendente o de los superintendentes. Así es que, si un superintendente tiene mayor cantidad de jueces, indudablemente su poder es proporcional a eso y también por el poder que tienen los superintendentes tienen no solo esa potestad sobre ingreso o salida de magistrados y magistradas, sino que inciden directamente también en el manejo presupuestario. Y de estos dos factores, a esto también hay que agregar cantidad de funcionarios, como el presupuesto, se arraiga en un territorio determinado. Esto también implica una acumulación de impresionante de poder territorial. Y a esto hay que agregar la inamovilidad de los superintendentes. Alguien con un gran poder, un poder casi omnímodo que rija en un territorio determinado con presupuesto importante por 10, 15 o 20 años. Bueno, no hace falta ser muy perspicaz para entender que esto implica realmente un poder hegemónico impresionante.

–¿A qué se refería sobre el Estado judicial independiente confederado?

–Por la forma en que funcionan las Superintendencias, cada territorio es prácticamente un territorio de manejo absoluto del superintendente. Somos nueve ministros, pero en las circunscripciones, en los territorios donde operan, el poder es del superintendente. En el pleno de la Corte lo que hace es formalizar la decisión del superintendente. Entonces, es una especie de confederación donde cada territorio tiene su gobierno propio y en todo caso hay un representante de ese territorio. Una especie de canciller, de ministro de Relaciones Exteriores de ese territorio que concurre a un órgano colegiado para formalizar su propia decisión. A eso me refiero, porque, repito, está prácticamente distribución en compartimientos estancos de los territorios judiciales nos presenta más bien un panorama de un estado confederado. Otra cuestión también confederado, hay estados más poderosos que otros. Entonces, los gobernantes absolutos de esos estados más poderosos son, a su vez, muchos más poderosos que los demás.

–El presidente decía que se desmintió los rumores de la perpetuación en las circunscripciones. ¿Cree que con esta acordada se hizo eso?

–En mi respetuosa respuesta al presidente también manifesté que se toma como un avance, pero teniendo en cuenta que todos los superintendentes mantienen sus circunscripciones y que dentro de 3 años sería la rotación, entonces es bastante relativa esa apreciación. Es más, manifesté que, para mí, lo ideal hubiera sido que este año empecemos a rotar para demostrar esa vocación de no perpetuarse en un territorio determinado. Pero la mayoría decidió otra cosa y eso es lo que entendemos. Entonces, lo que quiero ahora es debatir. Y la idea es, por lo menos de mi parte, de aquí en adelante, es no quedarme solo en el planteamiento de las observaciones críticas. En el futuro, la idea es replantear un nuevo modelo de gestión, más acorde con la Constitución con criterios que tienen que ver con la eficacia y la eficiencia de la gestión y también respetando principios básicos de la Constitución que tiene que ver con el equilibrio, el recíproco control y no concentración excesiva de poder en manos de una o dos personas. Por eso digo que lo planteado en el pleno de la Corte no hay que tomarse como un una crítica directa a mis colegas ministros. Ahora, si una vez que se plantea una propuesta de un nuevo modelo en el que no se repitan los aspectos censurables del actual modelo de gestión y, nuevamente, se rechaza esa propuesta, ahí ya tendríamos que criticar ya la postura de quienes se opongan a modificar este estado de cosas.

–¿Esto se da porque ustedes son minoría?

–Sí, claro que tiene que ver con eso, pero repito, esto no es algo que se da solamente ahora. Este es el producto de siglos y en cuanto a la Superintendencia es un producto de más de una década de evolución de una figura creada de facto, porque el superintendente no aparece en la ley, decreto, ni nunca apareció en acordada. Es más, a mí me sorprendió cuando asumo como ministro estuve creo que casi 2 años sin tener responsabilidad sobre ninguna circunscripción judicial. Pedí revisar la acordada o alguna resolución que regule la creación y el funcionamiento de las superintendencias y me encontré con la sorpresa de que no había nada regulado. Desde ese momento empecé a dialogar con los colegas acerca de la necesidad de regular esa figura y revisar su funcionamiento de facto. Necesitamos que tenga una funcionalidad más acorde con criterios de eficacia y de eficiencia en la gestión y que no se constituya en una herramienta de acumulación excesiva de poder de una o dos personas o de alguna mayoría coyuntural en la Corte. Y esto también hay que asociar con la figura de la inamovilidad de los ministros. Esto es muy peligroso, por eso es que el estilo de funcionamiento, el estilo de gestión del Poder Judicial es muy importante. Tiene que ser democrático, transparente, tiene que tener resortes que no permitan esta acumulación excesiva de poder, porque estamos hablando de figuras que tienen inamovilidad en principio hasta los 75 años. No estamos hablando de un presidente de la República que en 5 años sí o sí tiene que irse porque no hay reelección. O no estamos hablando de un Parlamento que se renueva cada 5 años. No, esa es la realidad, en este caso, de la Corte Suprema de Justicia y del Poder Judicial. Por eso hay que ser muy cuidadoso con el modelo de gestión.

–Hubo críticas sobre la perpetuación en el poder cuando a usted lo declararon inamovible y luego al ministro Santander.

–Sí, pero en todo caso es para eso hay que revisar la Constitución. Hay que ver claramente lo que dice la Constitución. O sea, ahí, en eso, no hay responsabilidad de los ministros, sino que es el modelo establecido en la Constitución nuestra a partir de 1992. Así es que esto en todo caso hay que modificar en la Carta Magna, que no es potestad de la Corte ni del Poder Legislativo.

Víctor Ríos Ojeda

Ministro de la Corte Suprema desde el 2021. También fue juez en Pilar (2000) y luego ejerció la abogacía. Fue diputado, ministro de Educación y senador por el Partido Liberal Radical Auténtico. Es abogado por la Universidad del Nordeste argentino. Doctor en Derecho. Rector y docente de la Universidad de Pilar.

  • En el pleno de la Corte Suprema lo que hace es formalizar la decisión del superintendente. Entonces, es una especie de confederación...
  • La continuidad o discontinuidad de magistrados, el ingreso y o salida en las distintas jurisdicciones depende exclusivamente del superintendente.
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