17 sept. 2025

Gobierno de Mario Abdo propone reglamentar senaduría vitalicia

La Presidencia de la República anunció este viernes la presentación al Congreso Nacional de un proyecto de ley que reglamenta los alcances del ejercicio de la senaduría vitalicia.

Conferencia de presidencia - Hernan Huttemann.bmp

La Presidencia de la República convocó a una conferencia de prensa para realizar el anuncio, que estuvo encabezada por el jefe del Gabinete, Hernán Huttemann.

Hernán Huttemann, el jefe de Gabinete de la Presidencia de la República, encabezó este viernes una conferencia de prensa, en compañía de César Trapani, de la Asesoría Jurídica del Ejecutivo, para dar a conocer la propuesta que presentará el gobierno de Mario Abdo Benítez sobre la senaduría vitalicia.

Se trata de una iniciativa que el mandatario se comprometió a presentar cuando realizó su penúltimo informe anual en julio del año pasado.

“Desde ese espacio, el presidente quiere seguir aportando a los debates de interés público y los intereses nacionales”, resaltó Huttemann esta jornada.

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La figura de la senaduría vitalicia se contempla en el artículo 189 de la Constitución Nacional, que establece que los ex presidentes de la República, electos democráticamente, serán senadores vitalicios de la nación, salvo que hubiesen sido sometidos a juicio político y hallados culpables.

También determina que no integrarán el cuórum, además de que tendrán voz, pero no voto.

“Esta figura aún no se reglamentó y por eso con este proyecto de ley pretendemos proponer las bases legales que puedan determinar los alcances del ejercicio de las funciones de un senador vitalicio”, prosiguió el jefe de Gabinete.

Detalles del proyecto

Trapani, por su parte, explicó los detalles. Señaló que la normativa tiene como objetivo poner en marcha la figura de la senaduría vitalicia, en el sentido de establecer reglas generales y elementales.

Uno de los puntos aborda sobre la incorporación al Senado, donde plantea que el senador vitalicio puede expresar su voluntad contraria ante el presidente del Congreso para no asumir al cargo. Es decir, puede rechazar.

No obstante, un presidente de la República, al finalizar su mandato, puede adquirir la senaduría vitalicia en forma automática.

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Asimismo, el proyecto incluye la manera de participación en las discusiones durante sesiones ordinarias, extraordinarias y reunión de comisiones. Tendrán inmunidad de voz, pero no de proceso.

“Propone que únicamente gocen de inmunidad de opinión, no van a poder ser enjuiciados ni procesados por su opinión. El procesamiento de ellos (por otras causales) no va a requerir autorización previa como a los senadores electos”, dijo.

No contempla una dieta para los senadores. Sin embargo, incorpora que los senadores vitalicios están sujetos también al mismo régimen disciplinario que los electos; por tanto, pueden perder investidura por las mismas causales.

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