21 dic. 2025

Fiscalía no sabe dónde están CDA embargados del clan González Daher

Según la defensa, varias cuentas embargadas de Ramón González Daher ya fueron comisadas en la sentencia que los condenó. Alega que hubo error en las sumas en pedido de embargo fiscal.

Condenados. Ramón González Daher y Fernando González Karjallo, que cumplen sus penas.

Los Certificados de Depósito de Ahorro (CDA) del clan González Daher están desaparecidos. Según la defensa, la Fiscalía pidió el embargo sin tener físicamente los documentos. Esto fue reconocido por la agente Alma Zayas, una de las que imputó a la esposa, el hijo y la nuera del usurero condenado.

La abogada Raquel Talavera tomó la defensa de Fernando González Karjallo, en la causa donde está imputado por lavado de dinero con su madre Delcia Karjallo de González y su esposa, Carolina González de González, ante el juez Humberto Otazú.

La defensora indicó que apelará el embargo de G. 1.194.134.445.361 y USD 297.759.867, ya que varias de las cuentas embargadas están comisadas por la sentencia 515, del 17 de diciembre del 2021, que condenó a 15 años de cárcel a RGD y a 5 años a su hijo Fernando.

Aseguró que la Fiscalía había pedido el embargo de varias cuentas, lo que fue admitido por el juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, sin tener los CDA. Indicó que en los allanamientos no fueron encontrados. Alegó que no pueden ser embargados sin tenerlos físicamente porque deben ser inscriptos.

Es más, afirmó que presentará una excepción de cosa juzgada, porque la imputación contra González Karjallo tiene hechos de entre 2014 al 2018 que ya fueron juzgados en el juicio donde le condenaron por el mismo delito.

También sostiene que hubo una mala suma en el pedido de embargo. En un caso, eran G. 20 mil millones y pusieron G. 200 mil millones, explicó Raquel Talavera. Además, que los CDA, eran renovados por el vencimiento, pero en la imputación se sumó los montos de los mismos varias veces, por lo que se abultó la suma.

Incluso, solicitó a la Fiscalía que aclarara su imputación, ya que no se especificaban los hechos por los que fue procesado González Karjallo.

FISCALÍA. Por su parte, la fiscala Alma Zayas reconoció que no tenían los CDA, sino solo los informes de las entidades bancarias para pedir los embargos de los imputados en la causa.

Indicó que ellos ya contestaron ante el juez que no hubo error en las sumas como sostiene la defensa, y que los hechos por los que se imputó a González Karjallo estaban bien explicados.

Se le consultó dónde estaban los CDA, ya que en la causa donde condenaron a RGD habían desaparecido más de 470 cheques. La misma no supo decir dónde estaban, ya que no los tenía la Fiscalía.

Los CDA son expedidos por los bancos y entregados a los propietarios, quienes incluso los pueden endosar y transferir. Debían estar en poder del clan González Daher, pero no fueron hallados en los allanamientos realizados en el primer proceso.

Por otro lado, sobre el tema de que se embargaron cuentas que ya figuran como comisados por el Tribunal que condenó a RGD y su hijo, la fiscala Zayas indicó que se realizó eso porque tenían conocimiento de un proceso civil que se abrió sobre disolución y liquidación de la sociedad conyugal.

Por su parte, el juez de Delitos Económicos, Humberto Otazú, sobre el tema, dijo a los periodistas que no hacía falta que se tengan a la vista los CDA para decretar el embargo respectivo.

Indicó que, en realidad, con la medida cautelar que dispuso no se podrá cobrar ninguno de estos CDA, que están en las cuentas bancarias.

Lo concreto es que no se pudo hallar los certificados de ahorros en los allanamientos. La defensa –que apelará el fallo– dice que no pueden ser embargados sin tenerlos en forma física.

Jueza de Luque se inhibió de caso

La jueza de Garantías de Luque, Jennifer Ynsfrán, se inhibió de la causa donde imputaron a Ramón González Daher por presunta denuncia falsa. Esto, según explicó, porque ya intervino en el caso de Eladio Miguel Britos sobre estafa, la que sería el origen de la causa contra RGD. Ante esto, el caso fue sorteado un nuevo juzgador, pero éste impugnó la inhibición. La defensa había promovido una excepción de cosa juzgada, ya que RGD fue condenado por la citada causa en el juicio oral que soportó.

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