23 jul 2026

Fiscala acusó pese a que víctima no reconoció al peluquero y defensor se allanó a acusación

Varios jueces y fiscales intervinieron en el caso Marcelo Manuel Romero, quien le ganó una demanda al Estado paraguayo por estar 22 meses preso sin motivo. En la preliminar, la Fiscalía le acusó pese a que la víctima dijo que no lo reconoció y el defensor público que lo asistió, en la preliminar, se allanó al pedido de juicio oral.

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Inocente. Marcelo Manuel Romero estuvo preso 22 meses de forma injusta.

Foto: Gentileza.

El peluquero Marcelo Chelo Romero fue representado por el defensor público Juan Ángel Chávez, durante el proceso penal que tuvo, donde finalmente fue sobreseído y luego demandó al Estado paraguayo, donde le concedieron una indemnización de G. 221 millones.

El 1 de febrero de 2012, en las calles Gondra y Mayor Gardel, del barrio San Vicente, cerca de las 20:00, dos personas en motocicleta se acercaron a Liliana Caballero. Uno de ellos bajó con un arma, y la mujer, asustada, le dio su teléfono celular, y G. 10.000 que tenía con ella, para luego escapar.

El conductor de la motocicleta era Luis Carlos Ríos, quien fue detenido y luego imputado y acusado. Después, en un procedimiento abreviado, fue condenado a 3 años de cárcel por el citado hecho el 1 de octubre de ese año.

La segunda persona, según el parte policial, sería Marcelo Romero, aunque la víctima declaró que no vio a la persona, ya que tenía una remera y un kepi blanco, era morocho y “medio gordito”, según dijo. La Fiscalía dictó orden de detención en su contra.

Romero se enteró de que era buscado cuando estaba en la Argentina, por lo que el 22 de abril de 2019 se presentó en la Comisaría 8ª metropolitana y se puso a disposición para aclarar el caso.

El 24 de abril de 2019, el entonces juez de guardia Gustavo Amarilla decretó la prisión preventiva, ya que estaba imputado por robo agravado, con penas de 5 a 15 años de encierro. Lo asistió la defensora pública Cynthia Noguera. La imputación fue presentada por la fiscala Patricia Aquino.

El 24 de mayo de 2019, la víctima Liliana Caballero fue convocada a declaración testifical, tras presentarse el imputado. La mujer señaló que ocurrió hace tiempo, que era oscuro, al costado de la iglesia San Vicente, y que no reconocía al que le asaltó. Solo reconoció al de la moto, pero el otro tenía un quepis o capucha y solo recordaba que era gordito.

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Acusó. La fiscala María Irene Álvarez (derecha) pidió elevar el caso a juicio oral.

Foto: Gentileza.

Revisión rechazada

El 31 de julio de 2019, el defensor público Juan Ángel Chávez pidió revisión. Sostuvo que al coprocesado Luis Carlos Ríos le cambiaron la calificación y le dieron 3 años de cárcel, por lo que pedía también igualdad procesal, y pidió la libertad.

La agente fiscal María Irene Álvarez, que estuvo en la audiencia, se opuso al pedido, con el argumento de que era un hecho grave y que no cambiaron las circunstancias. La entonces magistrada del caso, Rosarito Montanía, ante esto, confirmó la prisión preventiva.

El 23 de octubre de 2019, la fiscala María Irene Álvarez presentó acusación y pidió elevar el caso a juicio oral. Esto, pese a la declaración de la víctima, quien dijo que no reconocía al procesado. Además, presentó como testigos a los policías intervinientes.

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En la preliminar, el 13 de febrero de 2020, en la preliminar ante la jueza Cynthia Lovera, la fiscala Natalia Cacavelos se ratificó en la acusación presentada por su colega Álvarez. Pidió elevar el caso a juicio oral.

Sin embargo, el defensor público Juan Ángel Chávez se allanó a la acusación. No presentó incidente alguno, salvo ofrecer pruebas de la buena conducta de su defendido.

Como no hubo cuestionamiento de la defensa y se ofrecieron pruebas de buena conducta, el caso fue elevado a juicio oral y público.

Un año más preso

Recién el 8 de febrero de 2021, un año después de la elevación a juicio oral, se hizo el juzgamiento público ante los jueces Víctor Alfieri, Darío Báez y María Luz Martínez. La defensa nunca planteó una revisión de medidas en ese tiempo.

En la audiencia, la misma fiscala de la preliminar, Natalia Cacavelos, planteó incidente de sobreseimiento definitivo.

Sostuvo que la participación de Marcelo Romero se da por una orden de detención del 2012. Su nombre surge del parte policial, y es el único elemento que lo vinculaba, alega. Además, apunta que la misma víctima dice que nunca le vio el rostro y que no lo reconoció.

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Alega la fiscala que, ante esto, no tenía testigos que puedan reconocerlo, además de que el mismo Marcelo Romero se presentó y la víctima declaró nuevamente y no logra reconocerlo. Con ello, retiró la acusación y pidió el sobreseimiento definitivo.

El defensor público Juan Ángel Chávez se allanó al pedido. Dice que con las pruebas admitidas no se da el nexo causal.

Al final, el Tribunal de Sentencia hizo lugar al retiro de la acusación y lo sobreseyó definitivamente.

En noviembre del 2022, un año y nueve meses después, Romero demandó al Estado paraguayo, y ahora la jueza Rossana Frutos Olguín hizo lugar a la acción.

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