30 oct 2026

Condenan al Estado a indemnizar a peluquero que estuvo preso más de 22 meses sin motivo

Por error judicial, el Estado paraguayo fue condenado a indemnizar con G. 221.807.288, más intereses, a un peluquero que estuvo preso por 22 meses, entre 2019 y 2021, por un caso de robo agravado. Fue sobreseído tras el retiro de la acusación fiscal, porque el hombre era inocente y ni siquiera estaba en el país cuando ocurrieron los hechos.

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Sin motivo. Un peluquero logró una indemnización del Estado porque estuvo preso sin razón.

Foto: Archivo.

Con el fallo fue beneficiado Marcelo Manuel Romero, que demandó al Estado paraguayo por indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad extracontractual, porque estuvo preso sin motivo.

Además del citado monto, dispuso también un interés del 2,4% mensual desde noviembre del 2022, fecha en que se inició la demanda. Son 43 meses, con lo que alcanzaría alrededor de G. 228 millones.

La sentencia fue dictada por la jueza civil Rossana Elizabeth Frutos Olguín, quien rechazó la excepción de falta de acción planteada por la Procuraduría General de la República, e hizo lugar a la acción planteada a través de la abogada Raquel Talavera.

Romero solicitó la indemnización por daños y perjuicios por lucro cesante estableciendo el salario mínimo legal por 22 meses, daño moral, psicológico o psiquiátrico en su proyección de vida por la suma de USD 300.000, o su equivalente.

Sostuvo que estuvo injustamente privado de su libertad de forma arbitraria, por 1 año y 10 meses, desde abril de 2019 hasta el 8 de febrero de 2021. El proceso culminó con el retiro de la acusación y la solicitud de sobreseimiento definitivo.

Los magistrados Víctor Hugo Alfieri, Darío Báez Ferreira y María Luz Martínez Vázquez admitieron el retiro de la acusación y lo sobreseyeron definitivamente.

Refiere que tanto la Fiscalía como el Juzgado Penal de Garantías han excedido en el ejercicio de sus funciones y el Estado paraguayo es el que debe realizar la reparación integral.

En la Argentina

El peluquero señala que estaba en la Argentina, cuando vio por los canales de televisión “y mis familiares me comunicaron que se difundió por otros medios de prensa, que supuestamente estaba involucrado en un robo en el año 2012, pero ni siquiera estaba en el país”.

“Mi familia es de escasos recursos y trato de ver un abogado/a y todos coincidieron en que solo si me presentaba podía solucionar y probar mi inocencia, aunque era el Estado paraguayo el que debió tener los elementos suficientes para disponer de mi privación de libertad, sin pruebas”, afirma.

“Pasaron los años y para poder probar mi inocencia regresé al Paraguay y me presenté en la Comisaría, y el Juzgado Penal de Garantías disposu mi prisión preventiva por AI N° 295 de fecha 24 de abril de 2019", asegura.

“Fue tan fácil y ligero en que el ciudadano se ve privado de su libertad, con prisión preventiva, atendiendo que en mi contra solo había un parte policial y la víctima no me reconoció como debía ser si no estaba en el lugar de los hechos, ni siquiera en el país”, alega.

Explica en su acción que “si no fuera de escasos recursos económicos, con tan endebles elementos, que no alcanzan a ser el nexo causal entre el hecho y mi persona, tengo la certeza de que por lo menos me hubieran dado medidas”.

22 meses preso

Remarca que estuvo 22 meses preso, de manera injusta y arbitraria, “pasando todo tipo de peligros, hambre, sueño, frío, máxime atendiendo que, en las penitenciarías, no se encuentran separados, condenados de procesados, y menos por grado de peligrosidad. Aconteciendo todo tipo de violencia, muertes y temores entre los mismos presos, sin ninguna causa y por falta del deber de control del Estado en que en la penitenciaría se encuentran corrompidos por la corrupción y la impunidad”.

“Sobreviví y salí en libertad nada menos que ante el Tribunal de Sentencia, en vísperas de un juicio oral, jamás mi defensora publica encontró respuesta a mi injusta privación de libertad, ni ante la Fiscalía, ni ante el Juzgado de Garantía, que era su deber velar y garantizar mis derechos, revisar un auto de prisión injusto y no elevar en esas endebles e insatisfactorias condiciones la causa a juicio oral y público”, refirió.

Por su parte, la Procuraduría planteó la excepción, con el argumento de que el Estado tenía responsabilidad subsidiaria y que debía ir contra los responsables; es decir, contra los agentes fiscales y jueces.

Sin embargo, la magistrada entendió que el accionante tenía derecho a reclamar, que hubo un error judicial por la privación ilegítima de libertad, ya que el hombre fue sobreseído, tras el retiro de la acusación fiscal.

Con ello, la jueza impone la suma de G. 71.807.288 como indemnización en razón de un jornal por cada día privado de su libertad que fueron 664, mientras que la suma de G. 150 millones por daño moral, lo que totalizan la suma de G. 221.807.288, más los intereses del 2,4% desde el inicio de la acción en noviembre del 2022.

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