12 jul 2026

En la Corte discuten si acciones al Estado van a jueces civiles

“Supersala”. Frase del ministro Víctor Ríos generó pedido de testar palabra por su colega.

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Caldeada. Hubo discusión entre ministros sobre la competencia de jueces civiles en acciones contra el Estado.

Lo que se inició con un pedido de informe de la Cámara de Diputados sobre la cantidad de fallos firmes sobre indemnizaciones contra el Estado trajo una fuerte discusión entre ministros de la Corte, lo que se agravó cuando Víctor Ríos dijo en forma irónica la “Supersala Constitucional”, por lo que su colega Eugenio Jiménez pidió que se testara esa palabra.

La sesión del pleno estuvo bastante caldeada cuando los ministros expresaron sus diferentes opiniones sobre la competencia o no de los jueces civiles para fijar indemnizaciones contra el Estado por errores judiciales.

Al final, cinco de los nueve estuvieron de acuerdo con que sí tenían competencia, y dos con que eran los jueces penales. Además, se sentó postura en que no había jerarquía de Salas de la Corte Suprema, sino competencias.

Todo inició con el pedido de Diputados sobre la cantidad de sentencias firmes de indemnizaciones contra el Estado por error judicial, en los últimos diez años. Además, el monto total, los expedientes, los órganos judiciales, y si en esos casos se promovieron acciones de repetición contra jueces y fiscales, entre otras.

El ministro César Garay dijo que en el JEM ya tomaron conocimiento de las sentencias dadas contra el Estado por error judicial. “Estamos iniciando investigaciones respecto a las llamadas indemnizaciones”, dijo. Alegó que no era competencia del juez Civil, sino del juez Penal.

El titular de la Corte, Alberto Martínez Simón, expresó que disentía y que opinaba que sí era competencia del juez Civil, porque era una cuestión indemnizatoria, y lo dijo la Sala Civil en varios casos.

El ministro Víctor Ríos se adhirió, a más de señalar su preocupación porque el Jurado investigue a jueces por los fallos, ya que ni siquiera la Corte se había pronunciado. También habló de la falibilidad de los jueces y que por eso había instancias de revisión. Aseguró que le sorprendió el debate al respecto.

El ministro Manuel Ramírez Candia sostuvo que no era su posición, más bien del legislador, y que el Código Procesal Penal habla de la indemnización por error judicial, del monto y la cuantía.

Ríos replicó que tampoco el legislador le prohibía al ciudadano ir a pedir al juez Civil que estableciera el monto y que el legislador decía muchas cosas que luego la Corte señalaba que era inconstitucional. Lo que no estaba de acuerdo era en que se hostigara a los jueces, incluso amenazándolos, porque era un tema en discusión y no se podía sancionar al juez.

MÁS OPINIONES. El ministro Eugenio Jiménez se sumó a la postura de que sí eran los jueces civiles los competentes.

La ministra Carolina Llanes agregó que el CPP establece vías opcionales y que no se descartaba que se reclame en el ámbito Civil, y que no era competencia exclusiva y privativa del juez Penal.

Ramírez Candia se reafirmó en que el CPP expresaba que si el imputado o procesado no estaba de acuerdo, podía recurrir al juez Civil, pero para determinar el error debía ser el juez Penal.

Martínez Simón dijo que ya la Sala Civil se pronunció sobre casos donde pasó el filtro de la competencia material.

Fue ahí que con las réplicas, Víctor Ríos habló en forma irónica de la “Supersala Constitucional”, lo que molestó a su colega Eugenio Jiménez, quien pidió que se testara la palabra.

Esto generó el enojo de Ríos por el pedido de Jiménez y le reclamó que era una ironía.

Al final, hubo intercambio de dichos hasta que el presidente Martínez Simón medió.

Ahí también se sentó postura de que no existían jerarquías, sino competencias de las Salas de la Corte.

Por su parte, Ríos aclaró que nunca habló de jerarquías y que sí había diferencias, ya que la Sala Constitucional estaba en la Ley Suprema y las otras eran creación legal, lo que no impedía al legislador cambiar los nombres de las Salas de la Corte, menos de la Sala Constitucional.

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