09 ene. 2026

Empleadores tienen hasta esta semana para pagar el aguinaldo y evitar multa

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) recordó que empleadores tienen tiempo hasta el 31 de diciembre para pagar el aguinaldo a las personas que les prestan servicios. Los que no cumplan con la norma se exponen a una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador afectado.

aguinaldo

Hasta el 31 de diciembre se puede pagar el aguinaldo, según el Ministerio de Trabajo.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) señaló que las personas que trabajan en una empresa o una casa de familia tienen derecho a un pago complementario (aguinaldo) de parte del empleador. El pago debe ser abonado antes del 31 de diciembre, por lo que los afectados tienen hasta esta semana para honrar esta obligación. Las empresas que no cumplan con la norma se exponen a una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador afectado.

La cartera de Estado dispone de una herramienta digital para calcular el monto que debe percibir cada trabajador según la antigüedad que cuenta en su empleo.

Ingresando al enlace: https://calculadoras.mtess.gov.py, todos los trabajadores podrán conocer el monto exacto de la cantidad de dinero que debe percibir como aguinaldo.

El artículo 243 del Código del Trabajo establece una remuneración anual complementaria o aguinaldo, equivalente a la doceava parte de las remuneraciones devengadas durante el año calendario a favor del trabajador en todo concepto (salario, horas extraordinarias, comisiones, u otras).

Lea más: BCP emite recomendaciones para el buen uso del aguinaldo

En el artículo 245 del mismo código, se afirma que el aguinaldo es inembargable, lo que implica que de este beneficio no se pueden descontar las deudas, aunque existan. El aguinaldo es un derecho.

Del salario sí es posible hacer descuentos, pero también tiene sus limitaciones en diferentes casos y no deben superar el 50% del total.

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En caso de que el empleado no pague el aguinaldo, el trabajador puede hacer su denuncia a partir del 2 de enero de 2024, en forma presencial, en la sede del Ministerio de Trabajo, situada en la calle Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, así como en las oficinas regionales del interior del país. Otras vías habilitadas son denuncias online, a través del WhatsApp, con el número telefónico (0962) 174-000 o mediante llamada al (021) 729-0100, internos 551 y 552.

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Desde el 2018, el Ministerio de Trabajo viene impulsando una fuerte campaña preventiva que apunta al cumplimiento de este derecho laboral, a través de su difusión masiva y fortalecimiento de los servicios de cálculo de haberes y orientación laboral a los trabajadores.

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