16 sept. 2025

DNIT extiende hasta junio plazo para presentar el IRE

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) extendió hasta junio del 2025 el plazo para los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).

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Fachada de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).

Foto: Archivo

“Con el objetivo de alivianar la carga de los contribuyentes afectados y con ello evitar la generación de incumplimientos, la DNIT emitió la Resolución General 29/2025, por la cual dispuso la prórroga excepcional del plazo para la presentación de los Estados Financieros”, señalaron desde la institución.

En ese sentido, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) extendió hasta junio del 2025 el plazo para contribuyentes del IRE con cierre al 31/12/2024.

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De acuerdo con la página de DNIT, están obligados al pago las empresas que realicen actividades gravadas por el IRE, cuando sus ingresos brutos devengados en el ejercicio fiscal anterior sea superior a los G. 2.000 millones, ya sean empresas unipersonales, sociedades SA, SAE, Saeca, SRL, asociaciones, corporaciones, entre otras.

El Colegio de Contadores del Paraguay, en representación de sus asociados, había presentado ante la DNIT una solicitud para prorrogar hasta junio la presentación de Estados Financieros 2024, conforme a la Resolución General 49/14, en el marco del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) Régimen General.

“Esta solicitud responde a la sobrecarga de trabajo que enfrentan los profesionales contables, debido a la acumulación de presentaciones y vencimientos tributarios. Por ello, hemos solicitado que el plazo se extienda hasta junio del presente año”, indicaba la nota.

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Alba Talavera, miembro del Colegio de Contadores, había explicado a Última Hora que el formulario 500, en su versión 3, tendrá vencimiento en el mes de abril, y que al mismo tiempo las sociedades anónimas tendrán que realizar sus asambleas y presentar sus respectivos balances.

“Es bastante delicado todo este trabajo, por eso pusimos para el mes de junio. Por el momento, conforme al Marangatu, nos coincide con el formulario 500 versión 3. Pedimos una prórroga solo para el IRE General”, detalló.

Talavera recordó, a su vez, que las multas por incumplimientos recaen meramente en los contadores y no así en los clientes.

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