06 feb. 2026

DNIT critica medida para importación sin registro sanitario

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Operativo. INAN desplegó varios allanamientos para la confiscación de productos.

GENTILEZA

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) otorgó una medida cautelar a la firma LA Business SA para la importación de diversos tipos de alimentos y bebidas el 13 de febrero pasado. De esta manera, la empresa puede importar productos sin la necesidad de que cuenten con el Registro Sanitario del Producto Alimenticio (R.S.P.A.).
DNIT. Óscar Orué, director nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), respondió durante una reunión con gremios empresariales que le llama mucho la atención las declaraciones de Víctor Ríos, ministro de la CSJ, quien afirmó que la Corte autorizaba la importación, pero no así la comercialización.

“Es un contrasentido porque no se importa para guardar en un depósito o para tener como decoración en tu empresa. La ley es muy clara porque dice que importar es el proceso previo para la comercialización. Están integrados, estamos hablando de lo mismo. Parece que nos quieren tomar de tontos a nosotros y que nosotros no entendemos nada y que son situaciones distintas. La ley es clara y dice que para poder importar se debe tener un registro sanitario del INAN o de Dinavisa”, explicó.

Adelantó que están trabajando en un decreto con INAN y Dinavisa para hacer un mejor control ante este tipo de medidas cautelares.

“La idea es que haya competencia real y legal y sobre todo también que exista la seguridad de lo que se está trayendo. Es decir, que sea algo que se pueda consumir y que no tenga riesgo para la salud pública. Vamos a seguir trabajando en eso. Fuimos muy claros, tuvimos muchísima presión sobre el tema; les aseguro que no me voy a prestar a intereses sectoriales por más incentivos que intenten acercar”, prometió, finalmente, durante el encuentro.

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Óscar Orué

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