La Cámara Baja, presidida por Raúl Latorre, tratará en su tercer trámite constitucional, el proyecto de ley de Protección de Datos, remitido por el Senado con varias modificaciones.
Los diputados deberán contar con mayoría calificada para ratificarse en su posición original o bien, aceptar las modificaciones hechas por el Senado para que la ley quede sancionada y se remita al Ejecutivo.
En este sentido, cabe remarcar que el artículo que será parte de debate, es el 24, que ya en tratamientos anteriores fue calificado de polémico, y es uno de los modificados por el Senado.
Se agregó que la excepción para denegar el acceso a la información pública se producirá únicamente cuando el daño causado al interés protegido sea mayor al interés público de obtener acceso a la información.
La primera de las siete excepciones establece que la persona (cuyos datos hayan sido solicitados) haya consentido expresamente la divulgación de sus datos personales.
La propia diputada Rocío Vallejo, ya en ocasión del tratamiento del proyecto, había señalado que el artículo debe ser vetado por el presidente de la República, Santiago Peña, por el inconveniente que se plantea por su alcance.
En la postergación del estudio del proyecto en la última sesión de la Cámara Baja, varios opositores consideraron que la estrategia de la dilación del estudio tiene que ver con que los oficialistas buscan blindar la posibilidad de transparentar las informaciones que tienen que ver con prácticas nepotistas.
Otras modificaciones
Durante el tratamiento en el Senado el pasado 27 de mayo, otros artículos fueron objetos de estudio y posterior modificación.
Entre estos el artículo 7, sobre consentimiento de niños, niñas y adolescentes. El cambio consistió en que para acceder a datos de menores de hasta 15 años, se requerirá del consentimiento previo del titular de la patria potestad.
Mientras que en el caso de adolescentes de 16, 17 y 18 años, estos deberán dar su consentimiento conjuntamente con la autorización del titular de la patria potestad.
La versión de Diputados establecía que los adolescentes de 14 hasta los 18 años debían dar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales, pero no se refería a la autorización del titular de la patria potestad.
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Por iniciativa de la Comisión de Legislación, Codificación, Justicia y Trabajo y la Comisión de Ciencias, Tecnología, Innovación y Futuro, quienes emitieron un dictamen en conjunto la semana pasada, se modificaron tres artículos.
En el artículo 19, Reglas generales para las transferencias internacionales de datos personales, agregaron un párrafo para establecer que “la evolución de la adecuación será realizada por la Agencia Nacional de Datos Personales”.
También, el artículo 37, Designación del director general de la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales. El cambio realizado por el Senado consiste en que para la elección del director general primero se realizará un concurso público y no de méritos como establecía la versión de Diputados.
Tras este concurso, el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación (Mitic) seleccionará una terna que pondrá a consideración del Poder Ejecutivo.
En el artículo 43, Conductas que constituyen faltas se estableció que se considera falta toda acción u omisión que implique incumplimiento de disposiciones establecidas, entre ellas, las dictadas por la Agencia Nacional en el marco de sus atribuciones para su cumplimiento.
La versión de Diputados solo establecía las dictadas por la Agencia sin especificar en el marco de que lo podía hacer.
En otras palabras, con esto se delimitan las atribuciones de esta Agencia Nacional y no se le otorga un “superpoder”, según advirtió el senador José Oviedo, en ocasión del dictamen en comisiones antes del último tratamiento que se le dio al proyecto en la Cámara revisora.