La Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social, presidida por el diputado Yamil Esgaib (ANR-HC), emitió un dictamen de aprobación con modificaciones para el proyecto de ley “Que establece la reglamentación para el diseño y uso del Pabellón de la República, de los Escudos Nacionales y del Sello Nacional, de acuerdo con la ley originada en el Soberano Congreso General Extraordinario del 25 de noviembre de 1842”.
Esta iniciativa busca establecer, mediante una ley las características técnicas y heráldicas de los símbolos patrios, así como los criterios uniformes para su fabricación, utilización y preservación, en cumplimiento del artículo 139 de la Constitución Nacional.
Contempla disposiciones relativas al uso del pabellón de la República y los escudos nacionales en instituciones públicas y educativas; la enseñanza de su historia y simbología; y un proceso gradual de adecuación de los emblemas a las especificaciones establecidas.
El proyecto en cuestión figura en el punto 10 del orden del día de la sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, prevista para este martes.
En la ocasión serán expuestas ante el plenario todas las modificaciones introducidas por el estamento asesor, según se explicó.
La intención de reglamentar símbolos patrios, entre ellos el pabellón, por parte de un grupo de diputados, generó críticas, ya que se plantea que los escudos de la bandera contengan la orla pintada de rojo en sustitución del original.
Varios críticos y algunos académicos consideran que no corresponde. La crítica por parte de la oposición radica en que con el cambio se buscaría reivindicar el pabellón utilizado en la época del dictador Alfredo Stroessner.
Reforma del IPS. Por otra parte, se otorgó dictamen favorable (también con modificaciones), al proyecto que plantea cambios al régimen legal del IPS, incluyendo la reorganización de su estructura de gobierno y la creación de un Consejo Honorífico de Representación y Fiscalización.
La propuesta plantea eliminar las atribuciones ejecutivas y decisorias del actual Consejo de Administración en materia de licitaciones y adjudicaciones, y establecer un órgano honorífico integrado por representantes de empleadores, trabajadores asegurados, jubilados y pensionados.
El acápite del documento es: “Que modifica los artículos 6, 7, 9 y 13 de la Ley N° 98/1992, que establece el régimen unificado de jubilaciones y pensiones; modifica las disposiciones del Decreto-Ley N° 1860/50, aprobado por la Ley N° 375/56, y sus modificaciones; modifica disposiciones del régimen legal del IPS. Además reorganiza su estructura de gobierno; y establece un Consejo Honorífico de representación y fiscalización”.