01 nov 2026

Corte rechaza aclaratoria del ex diputado Carlos Soler sobre su condena por coima

La Sala Penal de la Corte rechazó las aclaratorias planteadas por los condenados, el ex diputado Carlos María Soler y Pedro Enrique Gómez de la Fuente, en la causa donde cobraron coima por trámites realizados ante el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert).

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Condenado. El ex legislador Carlos Soler cumple una pena de 4 años de cárcel por coima.

En el caso, el abogado Álvaro Arias, por la defensa de Enrique Gómez de la Fuente, había planteado un incidente de nulidad de actuaciones y la excepción de extinción de la acción penal, además de un pedido de aclaratoria en contra del fallo de la Corte.

Por su parte, el ex diputado Carlos Soler, bajo patrocinio de la abogada Olga María Ovelar, pidió aclaratoria del fallo.

Fue decisión unánime de los ministros María Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y César Antonio Garay.

En cuanto a las aclaratorias, la defensa de Gómez de la Fuente sostuvo que el fallo dictado el pasado 24 de julio del 2024, tuvo un posible “error material”, porque contrario a lo sostenido, el recurso extraordinario de casación se realizó de manera técnica, precisa y específica respecto a los agravios.

A su vez, la defensa de Carlos María Soler expresó que en la decisión directa, la Corte se limitó al análisis jurídico referente a una sola figura penal, prevista en el artículo 301 el Código Penal, cuando que en realidad debió haber tratado todos los puntos objetados.

Ya en el análisis de los ministros, dicen que la aclaratoria faculta “a corregir errores materiales, suplir omisiones o aclarar expresiones oscuras que pueda contener el fallo atacado, pero estas situaciones no se vislumbran en la misma”.

Añaden que “en dicha resolución se expusieron los motivos por el cual fueron rechazadas sus pretensiones; por tanto, el mismo se halla debidamente fundado de manera clara en lo resuelto”.

Sin embargo, dicen los ministros que “los incidentistas más bien pretenden con su presentación, un nuevo análisis de las cuestiones ya debatidas y resueltas con el propósito de alterar o modificar lo sustancial del fallo cuestionado”, con lo que rechazan el pedido.

Incidente de nulidad

Respecto al incidente de nulidad de actuaciones planteado por la defensa de Gómez de la Fuente, donde plantea la excepción de incompetencia, dice que la Corte quedó sin competencia en la causa luego de que transcurrieron más de 30 días sin que resolviera el recurso de casación.

Además, en la excepción de extinción de la acción penal, indica que el caso se extinguió por haber transcurrido el plazo máximo previsto en el Código Procesal Penal.

Dicen los ministros que con el pedido ”se colige del escrito en estudio, que subrepticiamente la pretensión del recurrente es la de nulificar la resolución dictada por la Sala Penal en estos autos, lo cual, procesalmente, es improcedente”.

Añaden que el artículo 17 de la Ley que organiza la Corte señala que contra las resoluciones del Máximo Tribunal no se admite ningún tipo de impugnación, lo que incluye incidentes de nulidad y las excepciones.

Argumentan que el incidente de nulidad y las excepciones “son una suerte de recurso camuflado, puesto que, si bien hace referencia al art. 142 del CPP, en última instancia, el petitorio del justiciable anhela la nulidad de la resolución dictada”.

Lea más: Ex diputado Carlos Soler se presentó y cumplirá su condena en el 2029

De esta manera, la Sala Penal rechazó in límine los incidentes y excepciones promovidos por la defensa del condenado.

Carlos Soler fue condenado a 4 años de cárcel y ya se encuentra compurgando la pena la que culminará el 3 de julio del 2029.

Respecto a Gómez de la Fuente, su pena fue de 3 años y 6 meses de prisión, y aún no se presentó, ya que existen recursos pendientes.

Ambos fueron sentenciados en el juicio oral realizado ante las magistradas Elsa García, Claudia Criscioni y Yolanda Morel, el 15 de julio del 2022.

Se probó que el ex diputado y el director de la Región Occidental del Indert, solicitaron USD 125.000, al estanciero Albino Méndez para anular la revocación de la adjudicación de un inmueble de 3.900 hectáreas que estaba en el Chaco. El denunciante entregó dos cheques a Soler, uno de G. 100 millones y otro de G. 60 millones.

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