La Procuraduría General de la República había iniciado un juicio de reparación del daño contra el ex rector, que fue condenado por lesión de confianza porque se generó un perjuicio patrimonial de G. 1.154.401.733, según se probó en el juicio. Este monto es el que se reclama al mismo.
Ante la presentación, la magistrada de Sentencia, Victoria Ortiz, decretó el embargo de los bienes, a más de la inhibición general de grabar y vender de modo a precautelar los bienes. Sin embargo, luego, la magistrada se declaró sin competencia en el caso.
Sostuvo que el 31 de enero de 2024, la Corte, por acordada 1728, reglamentó la jurisdicción especializada en Delitos Económicos, Corrupción y Crimen Organizado, por lo que estableció la reorganización con tribunales especializados.
Así, la jueza señala que ella integra un tribunal de Sentencia ordinario, con lo que declinó su competencia a favor del Tribunal Especializado, que debía entender en el pedido de la Procuraduría.
El caso llegó a la jueza Penal de Sentencia Especializada en Delitos Económicos y Corrupción, Karina Cáceres.
No obstante, la magistrada señala que en la causa ya se había suscitado una contienda de competencia entre el Tribunal de Sentencia de Central, y el Especializado, y la Corte, por resolución del 9 de marzo del 2022,que declaró la competencia del Tribunal de Central.
Es así, dice la jueza Cáceres, que los jueces Victoria Ortiz, Rilsy Ortiz y Pedro Nazer, fueron los que dictaron la sentencia que condenó a 3 años de cárcel a Froilán Peralta, por lesión de confianza, y a 3 años y medio de prisión a María del Carmen Meza, por estafa.
Con ello, entiende que debe ser la jueza Victoria Ortiz, al ser la magistrada que presidió el juicio oral donde condenaron a Peralta, la que debe entender en el pedido de reparación del daño que hizo la Procuraduría.
De esta manera, la magistrada Cáceres se declaró incompetente para juzgar el pedido, y remitió el expediente a la Sala Penal de la Corte, para que defina al Juzgado que deberá entender en el pedido. Froilán Peralta cumple con su condena actualmente.
El caso UNA no te calles fue una derivación de las publicaciones de ÚH respecto de las contrataciones irregulares y el cobro indebido de honorarios que se daban en la Universidad Nacional que motivó la movilización de estudiantes universitarios.