15 sept. 2025

Corte da trámite a la acción de River Plate en demanda laboral del ex técnico Daniel Farrar

La Sala Constitucional de la Corte dio trámite a la acción de inconstitucionalidad promovida por el Club Atlético River Plate en contra de las resoluciones dictadas en la demanda laboral promovida por el ex técnico Daniel Farrar, donde fue condenado a pagar G. 506 millones por los premios.

Daniel Farrar

Ex técnico. Daniel Farrar demandó al Club Atlético River Plate.

Foto: Archivo ÚH.

Fue fallo dividido de los ministros César Diesel y Víctor Ríos, quienes votaron por darle trámite a la acción de inconstitucionalidad, con la disidencia de su colega Gustavo Santander, quien entendió que se debía rechazar in limine la cuestión.

El abogado César Augusto Bernal Marzal, por el Club River Plate, accionó contra la sentencia del 10 de octubre del 2022 dictada por la jueza laboral del Tercer Turno, y contra la resolución del Tribunal de Apelación del Trabajo, Primera Sala, del 11 de diciembre del 2023, que ratificó la resolución.

Daniel Farrar, ex técnico del club en el 2019, había demandado al club por los premios impagos, por lo que la demanda fue admitida en el fuero laboral, donde condenaron a la institución deportiva, actualmente en el torneo de la Primera B Metropolitana, al pago de la suma de G. 506 millones por los premios impagos.

La defensa del club había planteado incidente de tacha de testigos, pero fue rechazado, con lo que admitieron la demanda. Ya en apelación, los camaristas otorgaron un interés moratorio del 1,72% mensual, desde la presentación de la acción laboral y hasta el pago efectivo. Con ello, serían más de G. 1.012 millones a la fecha.

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Según la acción, los jueces aplicaron supletoriamente el Código Procesal del Trabajo, “siendo que para el presente caso debieron aplicar la Ley 87/91, que es el marco normativo que rige las relaciones jurídicas entre el Club Atlético River Plate y el director técnico Daniel Farrar”.

Refieren que “los fallos impugnados no reflejan lo dispuesto por el texto de la ley, sino el antojo de los magistrados, favoreciendo al demandante con una millonaria suma en concepto de premios que jamás fueron acordados, según manda la norma vigente, utilizando argumento antojadizo que no tiene lógica frente a lo dispuesto por la norma legal vigente ya mencionada, constituyendo esto un claro acto de arbitrariedad que es sancionable con la declaración de inconstitucionalidad”.

Los ministros Diesel y Ríos entendieron que se cumplieron con todos los requisitos formales para el estudio de la acción de inconstitucionalidad, por lo que votaron por darle trámite y disponer que se traiga a la vista el expediente principal.

Por su parte, el ministro Santander votó por el rechazo in limine de la acción porque fue presentada en forma extemporánea. La resolución objetada es del 11 de diciembre del 2023, mientras que la acción fue promovida el 1 de febrero del 2024, sostiene en su voto.

El técnico Daniel Farrar actualmente entrena al Club Aurora, de la liga boliviana. Estuvo en varios clubes, entre ellos Olimpia, Sportivo Luqueño, Sol de América y Sportivo Trinidense. En el exterior, Yaracuyanos, Real Santacruz, entre otros.

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