12 sept 2026

Confirman la reapertura de la causa contra el ex ministro Óscar Boidanich

El Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, ratificó la resolución del juez Rodrigo Estigarribia, que dispuso la reapertura de la causa contra el ex ministro de la Secretaría de Prevención del Lavado de Dinero (Seprelad), Óscar Boidanich Ferreira, y las funcionarias Raquel Cuevas Arzamendia y Melissa María del Mar Parodi, por supuesto lavado de dinero y frustración de la persecución y ejecución penal.

audiencia preliminar de Óscar Boidanich.jpeg

A audiencia. El ex ministro Óscar Boidanich, cuya defensa había apelado la reapertura de la causa.

Foto: Archivo ÚH.

Fue fallo unánime de los camaristas Paublino Escobar, Arnaldo Fleitas y Camilo Torres, quienes ratificaron la resolución del 17 de junio pasado del juez de Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia. Ahora, el caso podrá continuar.

La citada resolución había ordenado la reapertura de la investigación contra Óscar Boidanich, Raquel Cuevas y Melissa Parodi, además de tener por presentado el pedido de los fiscales Jorge Arce, Francisco Cabrera, Fernando Meyer y Verónica Valdez, donde piden la reapertura, formulan acusación y requieren juicio oral para todos.

La acusación es por supuestos hechos punibles de lavado y frustración de la persecución y ejecución penal. Además, puso a disposición de las partes las actuaciones realizadas durante la investigación, por un plazo de cinco días. Finalmente, señala para el 7 de julio de 2025, a las 08:30 horas, la audiencia preliminar.

El abogado Claudio Lovera, por la defensa de Boidanich, apeló el fallo con el argumento de que la resolución “dispone la reapertura de la causa no solamente sin expresar los fundamentos de la decisión, en el sentido de exponer el razonamiento que sostiene el cumplimiento de todos los requisitos procesales para la procedente de la reapertura”.

Además, afirma “que además dichos requisitos o presupuestos en el caso en concreto no se encuentran cumplidos por completo, generándose un procesamiento (a través de la reapertura) que incumple con la Constitución (artículo 11) y la ley (artículos 1,6,9,362 y concordantes del CPP) […] surge con claridad que las diligencias realizadas no exponen datos que vinculados con los anteriores (obtenidos durante la etapa preparatoria) hagan superar el estado que determinó el dictado del sobreseimiento provisional”.

Lea más: Por apelación pendiente, suspenden audiencia preliminar para ex ministro Boidanich

Por su parte, los fiscales señalan que pidieron la reapertura de la causa dentro del plazo contra los investigados, ya que consideraban que existían méritos suficientes para continuar con el proceso.

Dicen que “fueron las mismas partes quienes solicitaron el sobreseimiento provisional en la presente causa, señalando como necesarias la realización ciertas diligencias que consideraban útiles para el descubrimiento de la verdad y su teoría del caso”.

Con ello, la Fiscalía “entendiendo que era oportuno la realización de dichas diligencias, a fin de descartar cualquier hipótesis alternativa y llegar al grado de convicción requerido por la ley procesal, solicitó el sobreseimiento provisional en la presente causa”. Finalmente, refieren que tras las diligencias, consideró que tenían la convicción para acusar a los procesados.

La decisión de los camaristas

Ya en su resolución, dicen los camaristas que se puede corroborar que la decisión del juez, luego de decretar la reapertura de la investigación, tuvo por presentado el pedido fiscal, y señaló la audiencia donde el juez “deberá cerciorarse del nivel de información utilizado por el fiscal para realizar su proposición acusatoria, lo cual ocurrirá en un acto procesal oral y público”.

Afirman los camaristas que “las incidencias planteadas como agravios, según propuesta recursiva, deben ser expuestas en los términos del art. 353 CPP, por escrito antes de la dicha audiencia u oralmente hasta la misma, según se desprende del art. 352 CPP, pues en definitiva, la audiencia preliminar se instala para tal debate trascendental”.

Con ello, confirmaron la resolución que dispuso la reapertura de la causa. Ahora, el juez Rodrigo Estigarribia podrá fijar nueva fecha para la realización de la audiencia preliminar en el caso.

Más contenido de esta sección
Diagnóstico. El ex gobernador tiene un mal pronóstico debido a un “daño axonal de grado 3”.
Testimonio. Declaró interno que le entregó una encomienda a Hugo Javier y otro que le dio la cena.
Condena. Bernardo Silva fue sentenciado a 8 años de cárcel en el sistema penal adolescente.
La Fiscalía de Delitos Económicos y Anticorrupción acusó y pidió juicio oral para la ex jueza de Paz Carmen Analía Cibils, un actuario, una ex ujier y una abogada, en una causa de la mafia de los pagarés, porque en un juicio ejecutivo, supuestamente fueron hasta Tucumán, Argentina para hacer una notificación en el 2024.
La defensa del condenado Miguel Ángel Robles apelará la resolución del juez de Ejecución Carlos Mendoza, quien dispuso ejecutar las cauciones por unos G 4.735 millones. Considera que no estaba firme la intimación, ya que fue recurrida. El ex jefe de gabinete de la Gobernación de Central fue sentenciado a diez años de cárcel, junto con el ex gobernador Hugo Javier González.
Una de las ex funcionarias del Hospital de Clínicas afectadas por la mafia de los pagarés es doña Margarita Portillo, enfermera jubilada, quien denunció un esquema de presuntas irregularidades y embargos ejecutivos. Ella busca recuperar parte del dinero que se le descontó desde el 2015.