06 mar. 2026

Condominio lujoso recibe revés judicial en su plan de extraer agua de acuífero

La Corte revocó una medida cautelar que habilitaba el funcionamiento de un pozo artesiano para extraer agua subterránea y abastecer a un condominio de lujo que se construye en Ypacaraí.

Condominio lujoso recibe revés judicial en su plan de extraer agua de acuífero_65883624.jpeg

Rechazo. Hace más de un año, pobladores de varios distritos protestan en defensa del acuífero.

Gentileza.

CORDILLERA

En un fallo considerado histórico por pobladores y organizaciones ambientales, la Corte Suprema de Justicia revocó –el pasado lunes- el Auto Interlocutorio N° 1077, del 10 de septiembre de 2025, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, que habilitaba el funcionamiento de un pozo artesiano profundo de la empresa Petrohue Real Estate SA.

La medida cautelar, dejada sin efecto, permitía la extracción de agua para abastecer al emprendimiento inmobiliario Highlands Lagoon Lifestyle, ubicado en Ypacaraí.

Con la decisión, la máxima instancia judicial hizo lugar a la apelación presentada por el abogado Eugenio Giménez Torres en representación de la Municipalidad de Atyrá.

Para Víctor Samaniego, asesor jurídico de la Comisión Vecinal Defensa del Agua de Atyrá, la sentencia se fundamenta en que ningún barrio cerrado puede estar por encima de una comunidad, priorizando el interés general y la protección ambiental.

La comunidad de Zanja Hû sostuvo durante casi un año movilizaciones, cierres de ruta, vigilias y acciones judiciales para evitar lo que consideraban un posible daño ecológico irreparable al Acuífero Caacupé; principal fuente de abastecimiento de agua para el Departamento de Cordillera y parte de Paraguarí.

El conflicto se originó tras la perforación de un pozo profundo con un acueducto de unos 9 kilómetros para uso exclusivo del complejo inmobiliario, que contempla hoteles y una laguna artificial tipo “Crystal Lagoon”.

Pobladores denunciaron que la obra se realizó sin registro municipal y sin el correspondiente Estudio de Impacto Ambiental previo, requisito obligatorio para este tipo de infraestructuras, según confirmaciones del propio Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

Hace seis meses, la empresa había obtenido una medida cautelar ante el Tribunal de Cuentas que suspendía resoluciones municipales de inhabilitación, argumentando la necesidad de abastecimiento para el proyecto.

Si bien celebran el fallo, los pobladores sostienen que la lucha continúa y exigen que la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Erssan) revoque cualquier autorización que permita la utilización del pozo y su acueducto para trasladar agua desde Atyrá hasta Ypacaraí.

Esperan que el Mades no otorgue licencia ambiental al proyecto y que se ordenen estudios hidrogeológicos y ambientales exhaustivos.

Entre las alternativas planteadas, proponen que la empresa utilice la red de la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap) u otras fuentes reguladas, priorizando el consumo humano de la población por encima de cualquier uso comercial o privado.

La resolución judicial también dispuso la imposición de costas a la firma Petrohue Real Estate SA, marcando un precedente relevante en materia de protección ambiental y defensa del agua.

Más contenido de esta sección
Residentes de varias urbanizaciones de San Bernardino exigen la intervención de las autoridades ante la ocupación ilegal de una fracción de tierra, colindante con Ypacaraí, la cual crece de manera impune