04 jun. 2026

Condenan por difamación e injuria a ex senador Fulgencio Rodríguez

La jueza Mesalina Fernández condenó a 180 días multa al ex senador Fulgencio Kencho Rodríguez por difamar e injuriar al abogado Felino Amarilla. En el 2022, declaró en un programa de radio, que el accionante protegía actividades del narcotráfico y que “robó” tierras de Roberto Antebi, entre otras cosas. La resolución también dispone un pedido de disculpas públicas.

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Juicio oral. Fulgencio Rodríguez y su abogado Luis Samaniego Correa, tras conocer su sentencia.

Foto. Gentileza.

La sanción penal queda suspendida, pero como condición el ex parlamentario deberá pedir disculpas en un medio de comunicación o vía redes sociales y no cambiar de domicilio, según resolvió la magistrada de Sentencia.

Fernández consideró que las declaraciones de Rodríguez no constituyen calumnia, ya que no hubo el dolo que requiere el delito; es decir, que sabía que era mentira cuando lo dijo en la entrevista.

Sin embargo, sí existe difamación por los dichos contra el abogado Felino Amarilla. En cuanto al hecho de injuria, la jueza indicó que hay un reproche reducido que lo exime de sanción, ya que sus dichos fueron en respuesta a otros que emitió Amarilla.

La defensa sostuvo que el senador tenía fueros, por lo que no podía realizarse el juicio oral. No obstante, la magistrada determinó que los fueros solo lo protegían en el recinto parlamentario, en su función de legislador, en su curul o en alguna comisión, no así en una entrevista radial.

Las declaraciones fueron hechas en un programa de radio, luego de una entrevista que se hizo a Felino Amarilla, y luego se entrevistó al entonces senador Fulgencio Rodríguez.

En la entrevista, el ex parlamentario declaró que “… nadie quiere que pasen los caminos ahí por las 30 o 40 pistas clandestinas que existen, el narcotráfico desde las cinco de la mañana, señor Enrique Vargas Peña, los vuelos de aeronave en el lugar”.

Además, dijo que “hace poco se encontró un laboratorio de cocaína de 1200 kilogramos mensuales en Paso Bravo, 100.000 hectáreas. El señor Felino Amarilla tiene 65.000 hectáreas y ese camino que él no quiere que se abra pasa por la estancia Arrecife y toda la propiedad de Felino Amarilla tiene 65.000 hectáreas que le robó al señor Antebi, y Abderrada Yambay tiene 65.000 hectáreas, ¿y yo? 1000, y yo soy el que armo el lío, mentiroso…”.

“Aquí lo que no quieren los narcotraficantes, señor Vargas Peña, es que se abra esta ruta, no está abierta todavía esta ruta que dice el señor Felino Amarilla, que es de 42 kilómetros que sale desde el asfalto de retiro Alegre a San Carlos del Apa porque justamente la estancia de 27.000 hectáreas se opone. Y, ¿cuál es la excusa del Mades? Que las camionetas les puede atropellar a los gua’a hovy a los gua’a rojo, las camionetas. En todo caso, el avión lo que les ha de atropellar, mentirosos, esconden al narcotráfico ahí en el norte, eso lo que hacen, vuelos; pregunten en la Senad cuántas pistas clandestinas destruyó hace poco, 20, don Enrique, 20”, afirmó en la entrevista.

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Juicio oral. La jueza Mesalina Fernández dictó sentencia contra Fulgencio Rodríguez.

Foto. Gentileza.

Finalmente, dijo: “La propiedad de Felino Amarilla, de 65.000 hectáreas, el protector de los gua’a hovy y gua’a colorados, mentiroso, badulaque lo que es”.

Según la querella, a cargo del abogado Guillermo Duarte Cacavelos, el ex legislador Fulgencio Rodríguez afirmó varias veces, que Felino Amarilla tiene participación en el narcotráfico, que encubre el hecho mediante el permiso, apoyo o tolerancia del uso de pistas clandestinas, dentro de su propiedad.

Además, dice la acción penal que le atribuyó el hecho de haber “robado” una propiedad a la familia Antebi, refiriéndose a la propiedad en donde supuestamente ocurren los hechos ilícitos y le expone en un medio de comunicación, como un delincuente, criminal, infractor.

Finalmente, Duarte Cacavelos sostuvo que el acusado se refirió a Felino Amarilla, en todo momento, como un mentiroso, badulaque y loco, lo que constituye una injuria.

Según la jueza, no tuvo por probada la conducta de calumnia porque no se pudo probar que el mismo tenía conocimiento de que eran mentiras sus afirmaciones.

Sí tuvo por probada la difamación al afirmar estos hechos contra el abogado, con lo que le condenó por este delito.

Respecto a la injuria, la magistrada dijo que sí se produjo el hecho punible, pero lo consideró de reproche reducido, porque antes, Amarilla le trató a Rodríguez de loco y que debía ser internado en una institución mental, con lo que fue una reacción por excitación emotiva, con lo que lo eximió de pena.

La defensa, a cargo del abogado Luis Samaniego Correa, sostuvo que iban a apelar la resolución dictada por la magistrada.

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