07 ago 2026

Concejal de San Lorenzo defiende ordenanza “anti Uber y MUV”

El concejal Nelson Peralta, presidente de la Junta Municipal de San Lorenzo, defendió la ordenanza que reglamentó Uber y MUV en esa ciudad. Negó que hable de sancionar a los mal vestidos, pero sí recordó que se exige que deben tener 24 años de edad en adelante para contar con registro de conducir de categoría “A”.

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Uber criticó la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia.

Foto: cancunissimo.com

La Ordenanza 28/2019 fue aprobada la semana pasada en la ciudad de San Lorenzo y prohíbe que menores de 24 años puedan operar como conductores de MUV y Uber. También, prevé multas a los choferes mal vestidos.

En este sentido, el concejal Nelson Peralta defendió la ordenanza y aseguró que no “cercena el derecho al trabajo” de estos nuevos servicios de transporte. Indicó que el conflicto principal se genera cuando operan en inmediaciones de las paradas de taxis.

El presidente de la Junta Municipal agregó que ese tema específico será analizado nuevamente esta semana.

“La ordenanza también establece que las plataformas deben comunicar los vehículos que trabajan en San Lorenzo”, agregó en contacto con Monumental 1080 AM.

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Las multas van desde G. 253.000 por no estar bien vestido y G. 843.000 por no tener registro de conducir de categoría “A”.

Cada ciudad establece diferentes prohibiciones a las aplicaciones de Uber y MUV en cuanto a la operatividad de las mismas.

Recientemente, un conductor de Uber denunció que fue multado y que la pasajera fue obligada a descender del vehículo por haber tomado el viaje en un radio no mayor a 100 metros de una parada de taxi.

Nota relacionada: Asunción pide informe a Uber tras denuncias de suba de tarifas

Por su parte, el director de la Policía Municipal de Tránsito de San Lorenzo, Aldo Ricardo, manifestó que solo cumplen con la ordenanza y que no se trata de una persecución.

En comunicación con Última Hora, Peralta negó que la ordenanza sea “anti MUV y Uber”, sino que más bien reglamenta ambos servicios. Además, explicó que la Ley Nacional de Tránsito establece la obligatoriedad de tener 24 años para obtener un registro clase A.

En ese sentido, indicó que a las app se las considera transporte público porque trasladan pasajeros y hay intercambio económico por el servicio.

Sobre la sanción al conductor por estar mal vestido, alegó que la ordenanza no contempla eso, pero afirmó que el afectado estaba en bermudas y zapatillas, con las cuales está prohibido manejar un rodado. Además, sostuvo que a muchos no les gustará tener a una persona en camisilla y bermuda al frente de un vehículo.

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