17 may. 2026

Con régimen especial, DNIT logró ingreso de USD 10 millones

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Fachada de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).

Foto: Gentileza

La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) reportó un ingreso superior a los G. 62.294 millones (USD 10,1 millones, al tipo de cambio actual) tras la implementación del régimen excepcional de facilidades de pagos sobre las deudas tributarias. Según la entidad, hasta ahora se recibieron 1.201 expedientes de los que 787 ya finiquitaron y 414 aún están en trámite.

En cuanto a los mecanismos utilizados para regularizar las deudas, la DNIT registró 1.041 pedidos de facilidades de pago, pagos al contado y entregas iniciales.

De dicho total, unos G. 52.338 millones (USD 8,5 millones) corresponden a facilidades de pago aprobadas; G. 6.457 millones fueron pagos en concepto de entrega inicial, mientras que los G. 3.499 millones restantes fueron pagos al contado.

El 53,19% de la deuda que se registraba correspondía a deudas administrativas, equivalentes a más de G. 33.137 millones, mientras que el 46,81% restante correspondía a deudas judiciales, cuyo monto es de aproximadamente G. 29.157 millones.

Del monto total regularizado, 69,68% fueron pagos de pequeños contribuyentes, los cuales alcanzaron más de G. 43.405 millones, seguidos por los medianos contribuyentes, con el 20,36%, y los grandes, con 9,96% de participación.

Con respecto al tipo de tributo, la mayor parte de las deudas se vinculaban a incumplimientos del IVA, con más del 46% del total gestionado.

También se destacaron obligaciones relacionadas con el impuesto a la renta empresarial (IRE), principalmente general, el impuesto a la renta personal (IRP) y el impuesto a la renta comercial, industrial y de servicios (Iracis).

Las regularizaciones se enmarcan en el Decreto 5154/2025, mediante el cual se dispuso una medida transitoria para que los contribuyentes puedan pagar sus deudas sin intereses moratorios ni recargos. Se puso en marcha a finales de diciembre de 2025 y seguirá vigente hasta el 31 de agosto de 2026.

El beneficio alcanza a quienes tengan deudas tributarias vencidas de periodos mensuales cerrados hasta diciembre de 2023, así como a impuestos anuales al 31 de diciembre de ese mismo año.

La entrega inicial mínima es del 10% de la deuda. A partir de ahí, se puede financiar el saldo sin intereses en hasta 24 cuotas mensuales cuando el monto no supere los G. 500 millones, mientras que si la deuda es mayor a ese importe, se puede financiar hasta en 36 cuotas.

El beneficio también alcanza a deudas firmes consignadas en certificados de deuda, “incluso aquellas que se encuentren en proceso de gestión de cobro por parte del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); así como a ajustes fiscales derivados de fiscalizaciones, sumarios administrativos o recursos de reconsideración”, siempre que el contribuyente manifieste su conformidad con el monto total adeudado.

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