19 dic. 2025

CDE: Fiscalía acusa y pide juicio oral contra dueño de estación de servicio por delitos ambientales

El Ministerio Público solicitó juicio oral contra el propietario de una estación de servicio de Ciudad del Este por presuntos delitos de ensuciamiento y alteración de aguas, además de incumplimiento de medidas de mitigación. La acusación habla de dolo por evadir obligaciones ambientales.

Fachada del Ministerio Público en Ciudad del Este

Fachada del Ministerio Público de Ciudad del Este.

Imagen ilustrativa: Wilson Ferreira.

El Ministerio Público presentó acusación formal contra el presidente de la firma Grupo Zagal SA, Elso Ramón Zárate Galeano, paraguayo, de 63 años, por presuntos delitos de ensuciamiento y alteración de aguas, así como por incumplimiento de medidas de mitigación ambiental.

La Fiscalía solicitó la elevación del caso a juicio oral y público ante el Juzgado Penal de Garantías Nº 3 de Ciudad del Este.

La investigación comenzó luego de denuncias de los vecinos, que detectaron carburante en sus pozos de uso doméstico.

Un allanamiento realizado el 13 de febrero de este año, en la estación de servicios ubicada en el km 6,5, confirmó la presencia de hidrocarburos en la napa freática, según informó el Ministerio Público.

Los análisis del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) revelaron valores críticos de 94 y 95 mg/100 ml de hidrocarburos totales, evidenciando que las aguas se volvieron inutilizables para el consumo humano y la higiene personal.

Durante la inspección, se detectaron graves irregularidades en las medidas de mitigación.

Aunque el Plan de Gestión Ambiental, aprobado ante el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), declaraba solo dos tanques subterráneos, en el lugar se encontraron cinco tanques operativos (cuatro de 10.000 litros y uno de 20.000) y otros cinco en desuso, algunos con filtraciones que contaminaban el suelo.

El establecimiento también carecía de pozos de monitoreo de fugas y mantenía canaletas perimetrales obstruidas por tierra, impidiendo la captación de derrames.

La Fiscalía fundamenta la acusación en el artículo 197 del Código Penal y en el artículo 5 de la Ley Nº 716/96, señalando que el responsable actuó con dolo al evadir sus obligaciones ambientales.

Con la solicitud de apertura del juicio oral, las autoridades buscan que se apliquen las sanciones correspondientes por el daño provocado a las bases naturales de la vida y al ambiente del Alto Paraná.

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