08 dic. 2025

Cantidad de días, trámites y pagos: Todo lo que tenés que saber sobre las vacaciones

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?, ¿cuánto tiempo antes de salir debo solicitarla?, ¿puedo salir solo unos días o tengo que hacerlo de una sola vez? Enterate de las respuestas a estas y otras preguntas en esta nota.

Feriado.jpg

De acuerdo a la cantidad de años en la empresa, al empleado le corresponden determinados días de vacaciones.

Foto: Archivo ÚH.

Varias preguntas siempre rondan lo que tiene que ver con las vacaciones, un derecho de todo trabajador. En el caso de los empleados del sector privado, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) dio algunas aclaraciones y detalles sobre su uso.

Según el Código Laboral, el trabajador adquiere el derecho a tener vacaciones al cumplir su primer año de antigüedad en la empresa. De acuerdo a los años trabajados, se dispone una cierta cantidad de días para vacacionar.

Vacaciones 1.png

Lea más: ¿Cómo evitar estafas con supuestas agencias de turismo?

Del primer hasta el quinto año cumplido en la empresa, se cuenta con 12 días; del quinto en adelante hasta los 10 años, corresponde al empleado 18 días; y de 10 años de antigüedad en adelante, el trabajador tiene 30 días de vacaciones.

El Mtess señala que las vacaciones deben iniciar un día lunes o el siguiente día hábil si ese lunes es un feriado. Las mismas deben ser otorgadas dentro de los seis meses posteriores a que el empleado las haya causado.

Asimismo, se orienta al empleador comunicar al trabajador con al menos 15 días hábiles de antelación el periodo de disfrute de sus vacaciones.

El empleado, por su parte, al solicitar, también debe comunicar con 15 días hábiles de antelación las fechas y el periodo de tiempo que pretende salir. Se recomienda que la comunicación sea formalizada por escrito.

¿Puedo dividir mis vacaciones?

El empleado tiene la posibilidad de dividir sus vacaciones, a pedido suyo; sin embargo, existe una condición, que los días no sean inferiores a seis días hábiles consecutivos.

Los trabajadores con derecho a 12 días de vacaciones pueden dividirlas en dos partes, mientras que aquellos que cuentan con 18 o 30 días lo pueden hacer hasta en tres partes.

Vacaciones 2.png

El fraccionamiento no significa que se renuncia al resto de los días pendientes. Esta división debe involucrar un acuerdo entre las partes; por un lado, el consentimiento del trabajador y por otro lado, las necesidades operativas del empleador.

¿Puedo acumular mis vacaciones?

La normativa permite que se acumulen los días de vacaciones hasta dos años, siempre por decisión del trabajador y no por imposición del empleador.

Las vacaciones solo pueden ser interrumpidas ante una necesidad urgente del empleador, debidamente comunicada al trabajador.

La interrupción no afecta el derecho del empleado a reanudar el tiempo restante de vacaciones que le corresponde.

Vacaciones 3.png

En cuanto a las remuneraciones, el pago correspondiente a las vacaciones debe hacerse antes de su disfrute. En caso de fraccionarlas, el pago se realizará de modo proporcional a los días utilizados.

Está prohibido utilizar permisos de otra índole para sustituir las vacaciones; ambos beneficios tienen distinta duración y finalidad.

Nota relacionada: ¿Cómo lidiar con los chicos y la tecnología en estas vacaciones?

El otorgamiento, pago, acumulación, interrupción, reanudación y fraccionamiento de las vacaciones deben ser comunicados en el Registro Obrero Patronal (REOP) del Mtess, para garantizar así el cumplimiento de la normativa vigente.

Estas disposiciones fueron reglamentadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) a través de la resolución N° 1290/2024, para el otorgamiento de vacaciones de los trabajadores del sector privado, cuyas relaciones laborales se rigen por el Código Laboral.

La disposición se fundamenta en el Convenio Nº 52 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), relativo a las vacaciones anuales pagadas, ratificado por Paraguay mediante la Ley 944/64, así como en los derechos y obligaciones establecidos en el Código del Trabajo.

Más contenido de esta sección
Un hombre de 41 años falleció este sábado luego de ser herido de un disparo de arma de fuego durante una discusión registrada en el barrio San Miguel de Yasy Cañy, en el departamento de Canindeyú. El presunto autor del crimen se fugó tras el hecho pero horas después fue detenido.
Un trágico accidente de tránsito se registró en las primeras horas de este sábado en un camino vecinal de la zona de Callejón 40, distrito de Horqueta, Departamento de Concepción, donde un motociclista perdió la vida tras una caída.
El fray Juan Antonio, Carmelita Descalzo, en su homilía en la noche de este domingo en Caacupé, manifestó que el “pueblo paraguayo trae esperanzas desde todos los rincones del país”.
De nuevo una escasa lluvia fue suficiente para que la ruta del Departamento de Alto Paraguay se tornara un escenario de una odisea de pasajeros y transeúntes que quedan atrapados en el fango y recurren a auxilios improvisados para sortear el obstáculo que representa transitar en caminos en pésimas condiciones ante el abandono estatal.
El comandante de la Policía Nacional, Carlos Benítez, informó que los dos agentes policiales heridos en el intento de ingreso en la ex estancia del narco Cabeza Branca, ubicada en Santa Rosa del Aguaray, Departamento de San Pedro, están graves. Aclaró que la institución no tiene “nada en absoluto” contra las organizaciones campesinas.
Un hombre de 32 años falleció en la madrugada de este domingo tras una presunta caída de altura en la zona del Km 10 Acaray, en Ciudad del Este, Departamento de Alto Paraná.