12 jun. 2026

Camaristas ordenan devolver imputación a Hernán Rivas

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Devolución. Los camaristas revocaron el fallo que admitió la imputación a Hernán Rivas.

archivo

El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, revocó la resolución del juez Miguel Palacios, que admitió la imputación al senador cartista Hernán Rivas, por el supuesto título falso. Ordenaron también darle el trámite de oposición, y devolver la imputación a la fiscala del caso.

El fallo fue dictado en forma unánime por los camaristas Bibiana Benítez, José Agustín Fernández y Delio Vera, que revocaron la resolución del 23 de febrero pasado que rechazó el recurso contra la providencia del 15 de febrero que admitió la imputación.

Los abogados Cristóbal Cáceres, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres Alsina, en representación de Rivas, habían recurrido el fallo que admitió la imputación contra el senador, tras ser desaforado por sus pares en el Congreso.

Básicamente, los mismos señalaban que la imputación les generaba indefensión, que se violaban conceptos constitucionales y legales, al no mencionar cuáles eran los idnicios, documentos y mendiso de prueba, que motivaron la sospecha que ameritaba la imputación.

Además, que dicen que Rivas no pudo participar en la producción del documento falso, al no tener calidad de autor porque le fue expedido el título por la Universidad Sudamericana.

Los camaristas apuntan que “se advierte claramente que el relato fáctico carece de información que brinde al imputado las herramientas para articular su defensa, y así garantizar la vigencia del principio con rango constitucional del derecho a la defensa”.

Dice que los hechos señalados por la fiscala no corresponden a las preguntas, el por qué, cuándo, cómo y dónde el imputado se ha involucrado en la comisión del hecho. “La falta de descripción de uno de los hechos punibles por los cuales se lo investiga, no puede prosperar en las circunstancias apuntadas en un proceso penal”, refieren.

“Dicho en otros términos, se observan falencias y omisiones que imposibilitarían una adecuada utilización de la garantía constitucional del derecho a la defensa, lo cual denota el nulo control por parte del Juez Penal de Garantías”, explican.

Citan la acordada 1631 de la Corte, donde se remarca que las imputaciones muchas veces no cumplen con las formalidades. Con ello, dicen que corresponde revocar el fallo del juez y aplicar el trámite de oposición y devolver la imputación al la fiscala.

Con ello, la fiscala Patricia Sánchez Saldívar tiene 10 días para corregir la imputación, y si de nuevo se rechaza, debería ir al Fiscal General, por el mismo plazo para pedir lo que corresponda.

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