15 ago. 2025

Camaristas ordenan devolver imputación a Hernán Rivas

27149957

Devolución. Los camaristas revocaron el fallo que admitió la imputación a Hernán Rivas.

archivo

El Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, revocó la resolución del juez Miguel Palacios, que admitió la imputación al senador cartista Hernán Rivas, por el supuesto título falso. Ordenaron también darle el trámite de oposición, y devolver la imputación a la fiscala del caso.

El fallo fue dictado en forma unánime por los camaristas Bibiana Benítez, José Agustín Fernández y Delio Vera, que revocaron la resolución del 23 de febrero pasado que rechazó el recurso contra la providencia del 15 de febrero que admitió la imputación.

Los abogados Cristóbal Cáceres, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres Alsina, en representación de Rivas, habían recurrido el fallo que admitió la imputación contra el senador, tras ser desaforado por sus pares en el Congreso.

Básicamente, los mismos señalaban que la imputación les generaba indefensión, que se violaban conceptos constitucionales y legales, al no mencionar cuáles eran los idnicios, documentos y mendiso de prueba, que motivaron la sospecha que ameritaba la imputación.

Recibí las noticias en tu celular, unite al canal de ÚH en WhatsApp 🤩
14:20✓✓
icono whatsapp1

Además, que dicen que Rivas no pudo participar en la producción del documento falso, al no tener calidad de autor porque le fue expedido el título por la Universidad Sudamericana.

Los camaristas apuntan que “se advierte claramente que el relato fáctico carece de información que brinde al imputado las herramientas para articular su defensa, y así garantizar la vigencia del principio con rango constitucional del derecho a la defensa”.

Dice que los hechos señalados por la fiscala no corresponden a las preguntas, el por qué, cuándo, cómo y dónde el imputado se ha involucrado en la comisión del hecho. “La falta de descripción de uno de los hechos punibles por los cuales se lo investiga, no puede prosperar en las circunstancias apuntadas en un proceso penal”, refieren.

“Dicho en otros términos, se observan falencias y omisiones que imposibilitarían una adecuada utilización de la garantía constitucional del derecho a la defensa, lo cual denota el nulo control por parte del Juez Penal de Garantías”, explican.

Citan la acordada 1631 de la Corte, donde se remarca que las imputaciones muchas veces no cumplen con las formalidades. Con ello, dicen que corresponde revocar el fallo del juez y aplicar el trámite de oposición y devolver la imputación al la fiscala.

Con ello, la fiscala Patricia Sánchez Saldívar tiene 10 días para corregir la imputación, y si de nuevo se rechaza, debería ir al Fiscal General, por el mismo plazo para pedir lo que corresponda.

Más contenido de esta sección
En esta segunda etapa de Gobierno se registraron varios puntos positivos, como los operativos Dominatus, Blacklist II, además de implementaciones de tobilleras y sistema de ciberseguridad.
Aunque el Gobierno habilitó Ditres y anunció la habilitación de otras unidades de tratamiento, los programas para la rehabilitación de usuarios de estupefacientes siguen siendo una gran deuda.
El presidente de la Corte, César Diesel, denunció el uso indebido de su nombre en supuestas gestiones hechas por mensajes, llamadas u otros medios digitales. Por la página web judicial, el ministro desmintió haber solicitado contrataciones, donaciones u otros beneficios institucionales por canales informales.
Participarán más de 70 exponentes de catorce países que se reunirán en Paraguay en setiembre próximo, para desarrollar la edición XV de la Conferencia Latinoamericana de Arbitraje comercial y de inversiones.
La Cámara de Diputados acusó ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), a los camaristas del Alto Paraná, Raúl lnsaurralde Galeano, Efrén Giménez Vázquez y Marta Acosta lnsfrán, por la liberación del abogado Walter Acosta, quien había agredido a la funcionaria Lourdes Sosa, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
Con voto dividido, la Sala Penal de la Corte rechazó la recusación presentada por el ex ministro Arnaldo Giuzzio contra los camaristas Arnulfo Arias y Andrea Vera. Ambos habían denegado trámite a una apelación, pese a que la ley procesal no les faculta a rechazar el recurso. La causa guarda relación con el supuesto hecho de cohecho pasivo agravado.