Para los magistrados que integran la Cámara, los jueces Gustavo Amarilla, Silvana Luraghi y Claudia Criscioni es competencia y obligación del Juez de Garantías, en este caso el magistrado Rodrigo Estigarribia, verificar el cumplimiento de los requisitos procesales previstos en el Art. 302, referentes al acta de imputación, referente a la descripción sucinta del hecho o los hechos que se imputan”.
De esta manera, resolvieron por unanimidad que “el juez interviniente explica y fundamenta correctamente la circunstancia de haber verificado los requisitos previstos en el Art. 302 del CPP, en cuanto a los hechos que se le atribuyen al imputado”.
En la causa se investiga la supuesta apropiación de los fondos descontados a los funcionarios de la Municipalidad que no fueron transferidos a la Caja de Jubilaciones del Personal Municipal.