08 ene. 2026

Abuso infantil: Para abogado de la familia había agravantes para condena más alta

La defensa de la niña abusada cuestionó que el Tribunal de Sentencia de Paraguarí sí podía condenar por seis años de cárcel a quien abusó sexualmente de su hijastra. Los magistrados aseguraron que no hubo agravantes, pero el Código Penal los contradice.

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El hombre abusó sexualmente de su hijastra cuando la niña tenía entre 7 y 9 años de edad.

Foto: Pixabay.

“La condena tenía que ser directamente con pena privativa de libertad. La pena máxima le podría haber dado si estaban todos los agravantes, como que era padrastro”, dijo a Última Hora César Marecos, abogado de la familia de la víctima.

El Ministerio Público había solicitado, durante la investigación, que el abusador sea condenado a seis años de cárcel. Sin embargo, el Tribunal de Sentencia de Paraguarí, integrado por Hugo Ríos, Gerardo Ruiz Díaz y Jorge Giménez, alegó que al no haberse comprobado que hubo coito, no podía aplicar dicha condena.

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Según el artículo 135 del Código Penal, son agravantes que el abuso haya sido en diversas ocasiones, y que sea contra un hijastro o hijastra.

“Cuando ocurran varios agravantes de los señalados, el autor será castigado con pena privativa de libertad de hasta seis años”, menciona la legislación.

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La polémica e indignación contra el mencionado tribunal se generaron después de que Última Hora destapara la débil condena contra el hombre que, pese a ser hallado culpable por abuso sexual en niños fue beneficiado con una condena de dos años, con suspensión de ejecución de la condena.

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Los magistrados también utilizaron términos soeces durante el último día del juicio oral, durante la explicación de la sentencia, sin importar que en la misma sala estaban los familiares de la víctima.

Antecedentes

El hecho ocurrió en la ciudad de Yaguarón, y fue denunciado ante la Fiscalía de Paraguarí en el año 2015, después que la niña haya quedado bajo la guarda de los padrinos, parientes de la madre.

Días después de haberse mudado a su nueva casa, la hermana espiritual se percató de que la pequeña, de entonces 9 años, tenía pesadillas constantemente y le preguntó qué pasaba. Así fue como, de a poco, la menor de edad comenzó a relatar cómo su padrastro la sometía sexualmente.

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Marecos cuestionó que tras la realización de la denuncia la entonces fiscala del caso, Yrides Ávila, no actuó rápidamente y dejó pasar al menos siete meses para imputar al sospechoso y solicitar la realización de las pruebas forenses a la víctima.

“Como anticipo jurisdiccional de prueba no solicitó que estén presentes en el juicio oral la sicóloga y el médico forense”, relató el abogado.

Justificó a la nueva fiscala del caso, Mercedes Vera, quien asumió al frente de la investigación luego de que se realizara la audiencia preliminar. “No había mucho que pudiéramos hacer, ni ella (Vera) ni yo, porque ya estaban las cartas sobre la mesa”, lamentó.

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A raíz que el caso tomó conocimiento público y los internautas comenzaron a presionar, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) anunció una investigación de oficio ante al mencionado tribunal, la Fiscalía y sobre la sentencia de la causa. También la Corte ordenó una auditoría del caso.

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