13 may. 2024

Contraloría no audita al TSJE desde ejercicio fiscal 2014, gracias a CSJ

El Tribunal Superior de Justicia Electoral ganó una acción de inconstitucionalidad en la Corte, con lo que logró evitar que la Contraloría General de la República audite su gestión desde el año 2014.

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Bloque G. El pasado jueves 29, el depósito del TSJE, con 7.600 máquinas de voto, ardió.

Foto: Archivo.

La Contraloría General de la República (CGR) no ingresa a auditar la gestión del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) desde hace ocho años, gracias a una acción de inconstitucionalidad que el máximo órgano electoral ganó en el 2017, en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), y logró así evitar que la entidad contralora audite sus ejercicios fiscales desde el año 2014 en adelante.

Tras varios escándalos en su haber, como los cobros millonarios de viáticos o el de los centenares de planilleros descubiertos, con dicha medida, la Justicia Electoral se sumó a la lista de instituciones públicas que atacaron los artículos 1, 2 y 3 de la Ley 2248/2003 y obtienen de la máxima instancia judicial la potestad de no ser controladas por la CGR.

En ese entonces, los ministros del TSJE eran Jaime Bestard, María Elena Wapenka y Alberto Ramírez Zambonini. Este último llegó a estar imputado y fue salvado nueve veces de juicios políticos impulsados en su contra.

DESCONTROL. El último caso de observaciones de la Contraloría a la Justicia Electoral justamente tuvo que ver con irregularidades detectadas en las rendiciones de viáticos y gastos de pasajes millonarios realizados en el año 2015.

La disposición lograda por el TSJE de la mano de la Corte Suprema de Justicia le permite, al igual que la propia CSJ, no ser controlada por la CGR, sino por el Tribunal de Cuentas.

La Contraloría fue notificada sorpresivamente por los asesores jurídicos del TSJE el 12 de julio de 2017, con una notificación del Acuerdo y Sentencia Nº 464 de la Corte Suprema de Justicia de fecha 26 de mayo de 2017, donde declaró la competencia del Tribunal de Cuentas para entender en el juzgamiento de las rendiciones del TSJE desde el 2014.

Por su parte, el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, también emitió el AI (auto interlocutorio) Nº 473, el 22 de junio de 2017, donde se declaró competente para entender y juzgar las rendiciones del TSJE desde el 2014.

“Por tanto, toda documentación vinculada al proceso de ejecución presupuestaria en todos los niveles y objetos de gastos correspondientes al mencionado ejercicio fiscal, están a cargo del Tribunal de Cuentas”, señalaba la nota.

El actual contralor general de la República, Camilo Benítez, manifestó su disconformidad con los fallos de la Corte Suprema en este sentido. En junio de este año, publicó un escrito contra dichas resoluciones de la Corte, luego de que la defensora general, Lorena Segovia, logró la misma medida para evitar que la CGR audite la gestión del Ministerio de la Defensa Pública. “¿Qué importa al funcionario público el órgano encargado del control? ¿Por qué renegaría y se sentiría indefenso un funcionario público del control de un órgano que no posee fuerza legal ni ejecutiva para sancionarlo?”, manifestó.

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