La nueva normativa Nº 333/16 dispone cambios en los artículos 1º y 7º de la anterior ordenanza Nº 239/11, por la que se establece normas y prohibiciones para el ejercicio del comercio dejando sin efecto las anteriores ordenanzas y resoluciones relacionados al tema.
El articulo 1º considera comerciante a toda persona de nacionalidad Paraguaya o extranjera radicada legalmente en el país, que poseyendo o alquilando locales paguen sus tributos y patentes municipales.
En cuanto a los vendedores ambulantes, se considerarán a aquellas personas organizadas en la asociación conforme a los estatutos y personería jurídica que lleva por siglas Avetur, en cantidad de 150 adultos y 20 menores de edad a partir de los 16 años.
Esta decisión fue celebrada por los vendedores quienes estaban en forma irregular de acuerdo al tenor de la ordenanza anterior que prohibía la presencia de los mismos en la vía pública.
“Estamos muy contentos festejando en silencio esta decisión de los concejales, porque ya hemos luchado mucho para obtener la resolución favorable y hoy se logró" expresó emocionado Osvaldo Ramírez, síndico de la organización de vendedores.
De esta forma, unos 170 vendedores ambulantes quienes participaron de varios cursos de capacitaciones organizados por la propia comuna, y quienes accedieron a certificados y chalecos reflectivos, podrán trabajar libremente por la avenida principal de la ciudad.